Aquí encontraréis toda la información relacionada con el Área de Movimiento Obrero y Migraciones de Izquierda Unida de Mota del Cuervo. Además, podrás dejar todos tus comentarios, opiniones, propuestas, etc...
- RESPONSABLE DEL ÁREA: SERGIO JIMÉNEZ LÓPEZ
Hoy 21 de Marzo se conmemora el Día Internacional contra el Racismo y la
Xenofobia. Nos gustaría poder celebrar avances pero, muy al contrario,
nos encontramos con un panorama trágico consecuencia de las políticas
regresivas del Gobierno de España y la UE. Desde el Área Federal de
Migraciones de Izquierda Unida denunciamos las sucesivas agresiones
institucionales racistas y xenófobas que se llevan a cabo por parte del
Gobierno del Partido Popular con la complicidad del PSOE, que ahora
quiere materializarse en un pacto de Estado sobre Inmigración. Y es que,
lamentablemente, no es la primera vez que el bipartidismo se pone de
acuerdo en recorte de derechos en materia migratoria, sino que ha
sucedido reforma tras reforma. Esta xenofobia y racismo institucional
que se ejerce sobre la población migrante se sustenta sobre cuatro
soportes principales:
Los datos de la EPA son el fiel reflejo del fracaso de las políticas de
recortes indiscriminados y destrucción de los servicios públicos.
IU CLM VALORA EL RESPIRO DE LA BAJADA DEL PARO EN LA REGIÓN Y RECLAMA MEDIDAS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA
- IU presenta su enmienda a la totalidad y propuesta alternativa a la reforma laboral de Rajoy
RESUMEN DE LA REFORMA LABORAL de Febrero de 2012
IU-CLM RECLAMA A
COSPEDAL MEDIDAS ACTIVAS DE CREACIÓN DE EMPLEO DIRIGIDAS A LOS JÓVENES PARA NO
HIPOTECAR SU FUTURO.
La formación ha
mostrado su tremenda preocupación por que nuestra región sea la líder nacional
en paro juvenil.
Daniel Martínez ha
dejado claro que el Partido Popular está hipotecando el futuro de los jóvenes
de Castilla La Mancha.
(Albacete, 4 de Mayo de 2014). Desde
Izquierda Unida de Castilla-La Mancha han querido mostrar, de la boca de Daniel
Martínez, Coordinador Regional de IU-CLM, su tremenda preocupación ante la tasa
de desempleo juvenil que, según la EPA (Encuesta de Población Activa) del
primer trimestre, colocan a Castilla-La Mancha como líder indiscutible de paro
juvenil en nuestro país.
Un dudoso mérito este, cuyo
significado es bien distinto y no es otro que, según Martínez, “el Gobierno de
Cospedal está condenando a la juventud castellano manchega a tener que emigrar
de nuestra región (o país) y a no poder desarrollar su potencial y su proyecto
de vida en nuestra tierra. Esta tasa de paro juvenil y la ausencia de
expectativas de futuro, suponen una verdadera hipoteca de futuro para la
región, a juicio de Martínez, “una de las noticias más tristes y preocupantes
de las muchas de estas características que el PP ha traído a los castellanomanchegos”.
Los menores de 25 años en
situación de desempleo alcanzan ya el 63%, porcentaje que ha aumentado, en
comparación con los datos del año pasado, en más de un 10%. Esto tira por
tierra, según Martínez, todo intento, por parte de Cospedal y el Partido
Popular, de vender una recuperación que no solo no se produce, es que se camina
en sentido contrario: destrucción de empleo y exilio obligado para las
generaciones más jóvenes y mejor preparadas de la región.
Además, Martínez ha querido destacar también
que las soluciones no pueden pasar, en ningún caso, por la precarización de la
contratación. Para colmo, muchos de los jóvenes menores de 25 años tienen un
trabajo con contratos precarios y con remuneraciones que no les permite ser
independientes.
IU-CLM espera que se tengan en
cuenta algunas de sus propuestas en materia de empleo y solicita al gobierno
regional que, si no piensa dimitir (como le solicitó la formación tras conocer
la última EPA), al menos mantenga una reunión con todos los grupos políticos,
sindicatos y patronal para buscar soluciones entre todos que puedan mejorar la
paupérrima gestión popular de las políticas de empleo.
COSPEDAL DEBE
DIMITIR Y CONVOCAR ELECCIONES
Según IU-CLM, el gobierno de
Castilla-La Mancha llegó al poder inundando las calles de folletos con el
slogan “QUIERES UN EMPLEO” y tiene más de 300.000 desempleados.
Daniel Martínez: “El
gobierno de Cospedal se ha convertido en un auténtico lastre para Castilla-La
Mancha; Cospedal debe dimitir y convocar elecciones por su incapacidad para
sacar adelante la región”
El
Coordinador Regional de Izquierda Unida ha valorado esta mañana los recién
conocidos datos de la EPA (Encuesta de Población Activa) que no pueden ser más
desoladores para los intereses de Castilla-La Mancha. Nuestra región vuelve a
superar los 300.000 parados y paradas, cifras que Cospedal aseguraba que nunca
se alcanzarían, y se sitúa ya en más del 30% de tasa de desempleo.
De esta manera, Daniel Martínez
ha asegurado que no hay excusa ni forma de enmendar esto: Cospedal ha fracasado
estrepitosamente y llegó al gobierno con la promesa de crear empleo e inundando
las calles de los pueblos de nuestra región con panfletos donde decía “QUIERES
UN EMPLEO. VOTA PP” Para Martínez saltar de los 300.000 desempleados debe traer
las consecuencias más graves en política: la dimisión de los responsables de
anclar a esta región en la pobreza estructural y la inmediata convocatoria de
elecciones.
Martínez asegura que causa
indignación comprobar que en Castilla-La Mancha se sigue destruyendo empleo con
respecto al año anterior (momento en el que también se destruía). ¿Qué motivo
mayor puede haber para que dimita una presidenta que sea un auténtico lastre
para el desarrollo de su tierra? ¿Qué hay más grave que conseguir que nuestros
jóvenes se tengan que exiliar porque Castilla-La Mancha solo ofrece paro o
empleo precario en el mejor de los casos?
Por último, Martínez ha asegurado
que el Partido Popular está demostrando su incapacidad para generar ni un solo
empleo y los pocos que existen son de máxima precariedad y con duraciones
mínimas. El Coordinador de IU entiende que la legislatura popular ha tocado su
fin y solo pueden presentarse con dignidad ante el pueblo y asumir su falta de
capacidad para crear empleo o tan siquiera contener la sangría (cosa que no han
conseguido) y dejar que la ciudadanía hable en las urnas. Cualquier otra medida
que se tome sobre un incumplimiento del contrato con los ciudadanos tan grande
como este será deslegitimado por los castellano manchegos.
“El PP coloca a CLM séptima de
Europa… en desempleo”
IU-CLM
denuncia que, tras casi tres años de gobierno de Cospedal, seamos la 7ª región
con más paro de Europa.
Más
de un 30% de personas en desempleo demuestran, otra vez, el rotundo fracaso del
PP a nivel regional
(Cuenca,
15 de Abril de 2014). Izquierda Unida de Castilla
La Mancha ha valorado esta mañana el informe de Eurostat, relacionado con el
año 2013, sobre las regiones con más índice de paro en la Unión Europea. En
esta ocasión, Castilla la Mancha aparece en un lamentable séptimo puesto que
pone en relieve el fracaso del Partido Popular en general, y del bipartidismo
en particular, de las políticas de empleo que se están desarrollando.
El informe todavía encierra otras sorpresas
negativas, y es que si tenemos en cuenta solo el paro juvenil, Castilla La
Mancha asciende hasta el 5º puesto en cuanto a mayor tasa de desempleo (61.6%)
Estos datos dificultarán el desarrollo futuro de la región y condenan a miles
de jóvenes.
De esta manera, desde IU su Coordinador
Regional, Daniel Martínez, ha destacado que no entiende desde cuántos sitios,
cuántos datos ni cuántas tablas necesitará el gobierno regional del PP para
darse cuenta de su fracaso. Un fracaso, ha añadido, que estamos pagando muy
caro los castellano manchegos y, sobre todo, la juventud que tendría que ser
motor y que no encuentra un trabajo que le ayude a evolucionar en su vida
personal.
Así, Martínez ha asegurado que solo queda una
salida a esta situación provocada por las políticas económicas neoliberales que
rigen europa, España y Castilla La Mancha. La solución es la quiebra del
bipartidismo, ponerle fin en Europa será abrir nuevas vías, nuevos caminos por
los que transitar hacia el fin de la crisis con toda la ciudadanía. Martínez ha
querido destacar que no valen los parches ni soluciones para unos pocos, ya que
el pueblo debe empezar a pensar como un único ente y dar un volantazo en las
próximas elecciones europeas.
Por último, desde IU ha vuelto a hacer
hincapié en sus políticas de creación de empleo y en la forma de conseguir el
dinero necesario, a través de una reforma fiscal progresiva. Así, entienden que
son imprescindibles algunas de las propuestas de IU para las próximas
elecciones europeas: abolir las últimas reformas laborales, salario mínimo y
fijación salarial coordinados a nivel europeo o acabar con los planes de
ajustes y comenzar una política expansiva de la economía.
Comunicado del Área Federal de Migraciones de Izquierda Unida ante la Conmemoración del Día Internacional contra el Racismo y la Xenofobia
Hoy 21 de Marzo se conmemora el Día Internacional contra el Racismo y la
Xenofobia. Nos gustaría poder celebrar avances pero, muy al contrario,
nos encontramos con un panorama trágico consecuencia de las políticas
regresivas del Gobierno de España y la UE. Desde el Área Federal de
Migraciones de Izquierda Unida denunciamos las sucesivas agresiones
institucionales racistas y xenófobas que se llevan a cabo por parte del
Gobierno del Partido Popular con la complicidad del PSOE, que ahora
quiere materializarse en un pacto de Estado sobre Inmigración. Y es que,
lamentablemente, no es la primera vez que el bipartidismo se pone de
acuerdo en recorte de derechos en materia migratoria, sino que ha
sucedido reforma tras reforma. Esta xenofobia y racismo institucional
que se ejerce sobre la población migrante se sustenta sobre cuatro
soportes principales:
1. Ley de Extranjería. Una Ley ineficaz,
restrictiva y que supone la pérdida de derechos para la población
migrante. Así, las diferentes políticas públicas en materia de
migraciones tienen como telón de fondo la persecución de población
migrante y el cierre de fronteras, sin que se planifiquen ni desarrollen
políticas que favorezcan la integración. En estos momentos además, se
busca la complicidad de Europa, aludiendo una supuesta invasión del
territorio por parte de los que huyen de la miseria y los conflictos
bélicos.
2. Centros de Internamiento de Extranjeros (CIEs). Son verdaderas
cárceles encubiertas. En ellos las condiciones de vida de los internos e
internas son infrahumanas, se produce de forma sistemática la violación
de derechos humanos y se retienen a las personas hasta por un período
de 60 días por el único motivo de no tener su documentación en regla.
Además, con la aprobación el pasado viernes en Consejo de Ministros de
un reglamento continuista y restrictivo que sigue aplicando el carácter
sancionador de los CIES, el Gobierno muestra su voluntad de seguir en la
misma línea tratando a los indocumentados como criminales.
3. Redadas e identificación a personas por motivos fenotípicos y
étnicos. Desde hace tiempo las fuerzas de seguridad del Estado realizan
redadas e identificaciones hacia la población migrante en diversos
espacios públicos de alta afluencia de diferentes ciudades españolas
(paradas de autobuses, salidas de metro, alrededores de centros
sanitarios y educativos, parques, etc.). Estas actuaciones vulneran los
derechos y libertades fundamentales de la población migrante (tanto por
el principio de no discriminación como por los derechos de dignidad y
libre circulación); aplicándose una innegable selección racial en estos
controles de identidad, que vulneran la Constitución y que los hace
ilegítimos.
4. Recortes en servicios públicos y derechos de los trabajadores y
trabajadoras. Los diferentes recortes en los servicios públicos llevados
a cabo por el gobierno central suponen no garantizar el acceso a los
servicios básicos del conjunto de la población. En concreto, este hecho
se ceba con los sectores más vulnerables de la población, entre ellos la
población migrante, que ha tenido su máxima expresión en su exclusión
del sistema sanitario. Asimismo, todo aquel conjunto de las políticas
que favorecen la pérdida de derechos de los y las trabajadores recae con
más virulencia sobre los sectores más castigados laboralmente. En el
caso de la población inmigrante, además, supone la pérdida del permiso
de residencia.
Ante esta situación, en la que el gobierno
practica la demagogia y aplica un doble rasero en política migratoria
-enaltecimiento de la movilidad exterior para los españoles que se
exilian y cuchillas y pelotas de goma para los que vienen- Izquierda
Unida reivindica:
1. Derogación inmediata de la Ley de Extranjería en favor de
políticas públicas integrales que favorezcan la integración real bajo el
paraguas de una ciudadanía universal.
2. Cierre inmediato de los Centros de Internamiento de Extranjeros.
3. Cese inmediato y definitivo de las redadas e identificación a
personas migrantes que supone la vulneración de derechos como la
libertad de circulación y expresión.
4. Aplicación de una política migratoria que respete escrupulosamente los derechos humanos.
Asimismo, el Área Federal de Migraciones de Izquierda Unida
responsabiliza a las diferentes instituciones, gobiernos y partidos
políticos que defienden, autorizan o amparan las actuaciones anteriores,
no únicamente por el racismo institucional que imponen, sino como
precursoras y legitimadoras de actitudes xenófobas y racistas de la
población general. Por ello, Izquierda Unida considera que es el momento
de dar un giro radical a la política de migraciones en la Unión Europea
y España, apostando por la universalidad de los derechos y dejando
atrás un modelo que ha sido incapaz de ofrecer un marco estable y
justo. 21 de Marzo de 2014Área Federal de Migraciones de Izquierda
Unida
El Paro Registrado deja claro que el PP es perjudicial para CLM
El Paro sube en casi 2.500 personas en Castilla La Mancha mientras desciende en el Estado Español.
El Gobierno Cospedal ya suma más de 260.000 desempleados inscritos y sigue sin reacción y sin soluciones.
Izquierda Unida de Castilla La Mancha ha
valorado esta mañana, a través de su Coordinador Regional Daniel
Martínez, los datos conocidos hoy sobre el paro registrado en la región.
Castilla La Mancha, al revés de lo que sucede en el conjunto del estado
español, suma 2.435 parados y paradas inscritas más. El número total de
desempleados, lejos de descender en nuestra región, se sitúa por encima
de las 260.000 personas.
Para Martínez este dato vuelve a
ratificar que, a pesar de la ingeniería numérica del PP, no se está
saliendo de la crisis económica de las y los ciudadanos y que el
Gobierno de Cospedal no es capaz de reducir unas listas del paro que,
desde la victoria del PP, se han visto claramente aumentadas. Y es que,
según ha añadido el Coordinador Regional de IU-CLM, ya ni siquiera se
relaja el número de desempleados en Castilla La Mancha cuando lo hace en
España (donde el desempleo se redujo en cerca de 2000 personas).
Martínez se ha mostrado muy preocupado
porque la situación de muchos Castellano Manchegos es más que límite y
ha pedido al gobierno regional que empiece a actuar en pro de la
contratación y que lo haga dando ejemplo desde la Administración,
parando en seco la sangría de pérdidas de puestos de trabajo en el
sector público y comenzando a contratar e invertir en los mismos.
Martínez también ha querido destacar que
la situación, tal y como ya avisó IU-CLM, se acerca cada vez más a una
fractura social en Castilla La Mancha que es provocada por el desempleo
y, además, por la precariedad laboral que, gracias a las legislaciones
del PP, viven muchos de quienes sí disponen de un empleo.
Desde IU han querido insistir en la
importancia de una reforma fiscal progresiva que dote económicamente a
la Junta para poner en marcha planes extraordinarios de empleo. Además,
han pedido que se abandonen las políticas laborales que crean desempleo y
precariedad, como la Reforma Laboral, y que están actuando contra los
intereses de la ciudadanía en vez de venir a solucionar los problemas
reales de la población.
Daniel Martínez: “Los datos del paro son muy malos,
pero con un Gobierno experto en despidos e incapaz de hacer otra cosa que no
sea recortar, no podemos esperar noticias mejores”
(Toledo, 27 de julio de 2012). Izquierda
Unida de Castilla-La Mancha ha realizado una primera valoración muy crítica de
las cifras que se han conocido de la Encuesta de Población Activa del segundo
trimestre del 2012, ya que arrojan para Castilla-La Mancha un crecimiento del
desempleo de más de un 5% con respecto al trimestre anterior, lo que supone
13.700 parados y paradas más, un total de 286.200 personas en paro y un porcentaje del paro del 28,72%, muy por encima del 24,63% de
media nacional.
En un
año el desempleo ha aumentado en Castilla-La Mancha un 24%, más del 6% por
encima de la media nacional. Datos a los que hay que añadir el crecimiento
imparable del número de familias sin ningún tipo de ingresos y los /as
parados/as sin ningún tipo de prestación.
Ante
la gravedad de los datos, Daniel Martínez, Coordinador regional de IU en
Castilla-la Mancha, ha hecho un llamamiento
al Gobierno de Cospedal “para que rectifique sus políticas, empezando sin más
demora por impulsar nuevas medidas de lucha contra la auténtica lacra del paro
que afecta a nuestra región de manera tan intensa y sostenida en el tiempo”.
"Nadie se puede sorprender por estas cifras, porque son la
constatación de que las políticas que de recortes, desmantelamiento de los
servicios públicos, y las consecutivas reformas laborales vienen empeorando de
forma acelerada la situación económica y social de la región", añadió
Daniel Martínez.
“Si no hay un giro radical en las políticas actuales, sobre la
base de acabar con la idea de que el déficit y la deuda están por encima del
bienestar de las personas y de los
derechos democráticos, y siguen adelante con el nuevo
paquete de recortes aprobados y subida de impuestos aprobado por el PP, la
situación solo puede ser aún peor en los próximos meses”, aseguró el
Coordinador regional de IU.
Desde
Izquierda Unida han querido reiterar algunas de las propuestas que vienen
planteando ante esta situación y que pasarían, entre otras, por inyectar
liquidez a través de una banca pública a las pymes y autónomos, planes de lucha
contra el fraude fiscal, aplicar un nuevo programa de formación, empleo e
inversión, parar los recortes en los servicios públicos, y afrontar una serie
de reformas fiscales y tributarias, incluida la relajación del objetivo de
déficit, para sentar las bases de la recuperación económica de forma justa.
IU CLM VALORA EL RESPIRO DE LA BAJADA DEL PARO EN LA REGIÓN Y RECLAMA MEDIDAS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA
En Toledo, a 3 de julio de 2012. Izquierda Unida de Castilla-La
Mancha ha valorado los datos de paro del mes pasado como un ligero respiro en
las penosas circunstancias en las que se encuentra la situación del empleo en
nuestra región.
Los
datos del mes de junio arrojan un total de 242.823 desempleados en Castilla–La Mancha, 5.760 menos que un
mes antes pero 33.630 más que el año anterior (+16,08% variación interanual).
En términos relativos, la disminución del paro regional en junio fue del -2,32
%, unas décimas mejor que el promedio nacional (-2,10%) y mejor que el
comportamiento regional en junio de 2011, cuando el paro descendió en la región
un 1,53%. En Mota del Cuervo el paro descendió en 60 personas durante el mes de junio.
Por
tanto, es positivo que cerremos el mes con 5.760 parados menos. No obstante no
podemos olvidar que el 95% de los contratos que se han producido lo son de
carácter temporal, eventuales y más de la mitad en actividades estacionales del
sector servicios. Sigue así la senda de la precarización del empleo y su
estacionalidad.
Según Daniel Martínez,
Coordinador regional de IU, “este alivio en los datos del paro en Castilla – La Mancha que refleja el mes
de junio, no puede minimizar ni ocultar el estancamiento de la economía
regional y las alarmantes cifras de desempleados que aún se mantienen. En
nuestra región hay
242.823 personas desempleadas y 111.043 que no cobran ni prestaciones ni
subsidios”.
Ante
esta situación el Gobierno de Cospedal sigue sin poner en marcha medidas
concretas de creación de empleo y reactivación económica.
Martínez
considera incomprensible que el gobierno de Castilla – La Mancha siga sin impulsar un
plan de choque por el empleo que palie de alguna manera el drama de las más de
cien mil personas sin ningún tipo de prestación. Son medidas que no solucionan de
forma definitiva el desempleo, pero pueden poner un plato de comida en la mesa
de estas familias.
- IU inicia el debate para configurar un nuevo modelo productivo para una nueva sociedad
El secretario de Economía y Trabajo, José Antonio
García Rubio, presenta ante la Presidencia Federal el documento para ‘El
desarrollo de la alternativa económica en el nuevo contexto político’
El secretario federal de Economía y Trabajo de Izquierda Unida, José Antonio García Rubio, ha presentado hoy ante la Presidencia Ejecutiva Federal de esta organización el documento para ‘El desarrollo de la alternativa económica en el nuevo contexto político’, con el que se busca iniciar el debate para concretar un nuevo modelo productivo frente a la política del Gobierno de Mariano Rajoy.
Tal y como ha desarrollado García Rubio en su intervención, el objetivo de este informe es caracterizar y desvelar las verdaderas políticas del Partido Popular en el Gobierno, para lo que se parte de que el Programa Nacional de Reformas enviado por la derecha a las autoridades de la Unión Europea es el verdadero programa electoral del PP.
Izquierda Unida parte de que la derecha que representa el PP autocalifica este programa como la ‘Revisión integral de la política económica’ que implica:
- Un cambio estratégico del modelo social (del Estado social al Estado mínimo y represivo)
- Situar el modelo económico en un nuevo punto de partida para la recuperación del capitalismo, mediante un proceso de regresión social consistente, entre otras cosas en:
Trasvase ingente de recursos al capital financiero
Descenso de un 20% en los costes salariales para recuperar la tasa de ganancia
Entrada en el mercado de partes importantes del sector público (agua, salud,..) con la misma finalidad
- Revisar el modelo político: involución democrática, especialmente en lo referido a los derechos de manifestación y huelga, y los derechos laborales y sindicales, y que se busca que alcance también a la organización y competencias autonómicas (recentralización).
El PP reconoce que renuncia a cualquier política de creación de empleo, como es evidente en el Cuadro Macroeconómico presentado por el Gobierno, que acepta una tasa de paro en 2015 superior a la de 2011.
Frente a ello, Izquierda Unida insiste en la necesidad de un acuerdo de fuerzas políticas y sociales para un Plan de Choque por el Empleo y la Cohesión Social. Considera que ese plan debe dedicar una atención especial a los procesos evidentes de desintegración social como consecuencia de la crisis: parados sin prestaciones, pobreza (especialmente infantil y femenina), paro juvenil, etc.
El Gobierno debe exigir en Europa, e Izquierda Unida lo apoyará, la concreción de estímulos al crecimiento, al menos a través del Banco Europeo de Inversiones. El reparto de esos estímulos debe ser proporcional a la tasa de desempleo global, corregida por la tasa de desempleo juvenil.
En este apartado y como una de las ideas estratégicas del futuro, Izquierda Unida considera que “de acuerdo con el derecho al trabajo establecido en la Constitución (Art. 35), el Estado debe garantizar trabajo, subsidio de desempleo o formación pagada. El Estado debe ser el ‘empleador de último recurso’.
El informe de la Secretaría de Economía adelanta las siguientes propuestas:
a) Derogación de la Ley Orgánica de Estabilidad Financiera, la incorporación al texto de la Constitución Española del principio de garantía del gasto social y el reconocimiento de los derechos constitucionales al trabajo, vivienda, salud, etc. como derechos exigibles.
b) Una reforma fiscal justa y progresiva que establezca los principios de suficiencia de los ingresos para hacer frente a los gastos, del principio de equidad como fundamento democrático del gasto público y del criterio de convergencia fiscal con la UE en la contribución fiscal y en el gasto social. Los términos esenciales de esa reforma de la fiscalidad han sido ya propuestos por IU en numerosas iniciativas legislativas.
c) Un plan de lucha contra el fraude y la Economía Sumergida. Los contenidos esenciales de nuestra propuesta han sido ya definidos por IU. Entre sus elementos señalamos:
a) Derogación de la amnistía fiscal
b) Situar en 1.000 euros el límite de las operaciones de pago en metálico
d) Avanzar en la federalidad fiscal para poder exigir corresponsabilidad fiscal. Legislación sobre mínimos de contribución fiscal para cada impuesto y tasa para evitar el dumping fiscal. Promulgación urgente de la Ley de Financiación Local.
e) Modificación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y/o desarrollo normativo de acuerdo con las competencias autonómicas para introducir criterios de transparencia, control, límite del coste, etc.
En cuanto a la situación de la deuda y de la crisis del sistema financiero, no se trata de que los bancos españoles tengan activos tóxicos o dudosos, sino que los créditos concedidos a los bancos españoles se han trasformado en activos tóxicos para los bancos acreedores. Ese efecto arrastra también a la deuda soberana española, que es utilizada por los bancos para respaldar las operaciones de renegociación de créditos.
IU está de acuerdo en la nacionalización permanente y global en un único Banco Público de todas las instituciones intervenidas hasta el momento (Bankia y el resto de las Cajas, así como el Banco de Valencia). Con este volumen de deuda, no se trata de que los bancos españoles tengan activos tóxicos o dudosos, sino que los créditos concedidos a los bancos españoles se han trasformado en activos tóxicos para los Bancos acreedores. Ese efecto arrastra también a la deuda soberana española, que es utilizada por los bancos para respaldar las operaciones de renegociación de créditos.
En cuanto a los activos inmobiliarios en poder de las empresas inmobiliarias segregadas, el informe de IU considera que deben ser territorializados. Se propondrá que las CC.AA. creen Empresas Públicas de Gestión de Vivienda Social. Como método prioritario consideramos un Programa de Vivienda Social en usufructo, que podría ser financiado con cargo al Plan de Viviendas 2012-2015 y la emisión de cédulas hipotecarias. Esos activos deben ser utilizados para dar una salida a la escasez de vivienda social existente en España. Estamos trabajando sobre una alternativa global al sector de la vivienda, que considera también fórmulas de vivienda social diferentes a la compra o el alquiler, económicamente viables y sostenibles.
(En la foto, José Antonio García Rubio, secretario de Economía y Trabajo)
El secretario federal de Economía y Trabajo de Izquierda Unida, José Antonio García Rubio, ha presentado hoy ante la Presidencia Ejecutiva Federal de esta organización el documento para ‘El desarrollo de la alternativa económica en el nuevo contexto político’, con el que se busca iniciar el debate para concretar un nuevo modelo productivo frente a la política del Gobierno de Mariano Rajoy.
Tal y como ha desarrollado García Rubio en su intervención, el objetivo de este informe es caracterizar y desvelar las verdaderas políticas del Partido Popular en el Gobierno, para lo que se parte de que el Programa Nacional de Reformas enviado por la derecha a las autoridades de la Unión Europea es el verdadero programa electoral del PP.
Izquierda Unida parte de que la derecha que representa el PP autocalifica este programa como la ‘Revisión integral de la política económica’ que implica:
- Un cambio estratégico del modelo social (del Estado social al Estado mínimo y represivo)
- Situar el modelo económico en un nuevo punto de partida para la recuperación del capitalismo, mediante un proceso de regresión social consistente, entre otras cosas en:
Trasvase ingente de recursos al capital financiero
Descenso de un 20% en los costes salariales para recuperar la tasa de ganancia
Entrada en el mercado de partes importantes del sector público (agua, salud,..) con la misma finalidad
- Revisar el modelo político: involución democrática, especialmente en lo referido a los derechos de manifestación y huelga, y los derechos laborales y sindicales, y que se busca que alcance también a la organización y competencias autonómicas (recentralización).
El PP reconoce que renuncia a cualquier política de creación de empleo, como es evidente en el Cuadro Macroeconómico presentado por el Gobierno, que acepta una tasa de paro en 2015 superior a la de 2011.
Frente a ello, Izquierda Unida insiste en la necesidad de un acuerdo de fuerzas políticas y sociales para un Plan de Choque por el Empleo y la Cohesión Social. Considera que ese plan debe dedicar una atención especial a los procesos evidentes de desintegración social como consecuencia de la crisis: parados sin prestaciones, pobreza (especialmente infantil y femenina), paro juvenil, etc.
El Gobierno debe exigir en Europa, e Izquierda Unida lo apoyará, la concreción de estímulos al crecimiento, al menos a través del Banco Europeo de Inversiones. El reparto de esos estímulos debe ser proporcional a la tasa de desempleo global, corregida por la tasa de desempleo juvenil.
En este apartado y como una de las ideas estratégicas del futuro, Izquierda Unida considera que “de acuerdo con el derecho al trabajo establecido en la Constitución (Art. 35), el Estado debe garantizar trabajo, subsidio de desempleo o formación pagada. El Estado debe ser el ‘empleador de último recurso’.
El informe de la Secretaría de Economía adelanta las siguientes propuestas:
a) Derogación de la Ley Orgánica de Estabilidad Financiera, la incorporación al texto de la Constitución Española del principio de garantía del gasto social y el reconocimiento de los derechos constitucionales al trabajo, vivienda, salud, etc. como derechos exigibles.
b) Una reforma fiscal justa y progresiva que establezca los principios de suficiencia de los ingresos para hacer frente a los gastos, del principio de equidad como fundamento democrático del gasto público y del criterio de convergencia fiscal con la UE en la contribución fiscal y en el gasto social. Los términos esenciales de esa reforma de la fiscalidad han sido ya propuestos por IU en numerosas iniciativas legislativas.
c) Un plan de lucha contra el fraude y la Economía Sumergida. Los contenidos esenciales de nuestra propuesta han sido ya definidos por IU. Entre sus elementos señalamos:
a) Derogación de la amnistía fiscal
b) Situar en 1.000 euros el límite de las operaciones de pago en metálico
d) Avanzar en la federalidad fiscal para poder exigir corresponsabilidad fiscal. Legislación sobre mínimos de contribución fiscal para cada impuesto y tasa para evitar el dumping fiscal. Promulgación urgente de la Ley de Financiación Local.
e) Modificación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y/o desarrollo normativo de acuerdo con las competencias autonómicas para introducir criterios de transparencia, control, límite del coste, etc.
En cuanto a la situación de la deuda y de la crisis del sistema financiero, no se trata de que los bancos españoles tengan activos tóxicos o dudosos, sino que los créditos concedidos a los bancos españoles se han trasformado en activos tóxicos para los bancos acreedores. Ese efecto arrastra también a la deuda soberana española, que es utilizada por los bancos para respaldar las operaciones de renegociación de créditos.
IU está de acuerdo en la nacionalización permanente y global en un único Banco Público de todas las instituciones intervenidas hasta el momento (Bankia y el resto de las Cajas, así como el Banco de Valencia). Con este volumen de deuda, no se trata de que los bancos españoles tengan activos tóxicos o dudosos, sino que los créditos concedidos a los bancos españoles se han trasformado en activos tóxicos para los Bancos acreedores. Ese efecto arrastra también a la deuda soberana española, que es utilizada por los bancos para respaldar las operaciones de renegociación de créditos.
En cuanto a los activos inmobiliarios en poder de las empresas inmobiliarias segregadas, el informe de IU considera que deben ser territorializados. Se propondrá que las CC.AA. creen Empresas Públicas de Gestión de Vivienda Social. Como método prioritario consideramos un Programa de Vivienda Social en usufructo, que podría ser financiado con cargo al Plan de Viviendas 2012-2015 y la emisión de cédulas hipotecarias. Esos activos deben ser utilizados para dar una salida a la escasez de vivienda social existente en España. Estamos trabajando sobre una alternativa global al sector de la vivienda, que considera también fórmulas de vivienda social diferentes a la compra o el alquiler, económicamente viables y sostenibles.
(En la foto, José Antonio García Rubio, secretario de Economía y Trabajo)
- IU presenta su enmienda a la totalidad y propuesta alternativa a la reforma laboral de Rajoy
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Enmienda a la Totalidad con propuesta de texto completo alternativo al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (procedente del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero). (121/000004)
Exposición de Motivos
Existe una amplia coincidencia en considerar las elevadas tasas de desempleo de nuestro país, especialmente entre jóvenes o parados de larga duración, como el primer problema de la sociedad española. La descripción de los datos de la Encuesta de Población Activa del 4º trimestre del 2011 es muy elocuente. 5.273.600 personas desempleadas, lo que supone una tasa de paro del 22,85%. El desempleo entre las personas jóvenes de hasta 25 años asciende al 50%
Pero esa coincidencia en la identificación del problema, no existe cuando se trata de señalar las causas que lo provocan. Desde hace años y para justificar los cambios en la legislación laboral se viene repitiendo desde determinados foros económicos, medios de comunicación y partidos políticos que la principal causa del desempleo estructural se encuentra en el modelo laboral español y la llamada rigidez del mercado de trabajo.
El elevado desempleo de comienzos de los años ochenta de siglo pasado, provocado por los grandes cambios de la economía española y la reconversión industrial, llevaron al Gobierno de la época a plantear como mecanismo incentivador del empleo la creación de un nuevo contrato temporal de fomento del empleo. Un contrato caracterizado por su naturaleza acausal, es decir por la posibilidad de utilizar la contratación temporal sin causa para cubrir todo tipo de puestos de trabajo, incluidos aquellos de naturaleza permanente.
En aquella reforma de 1984 está el origen del comportamiento de la contratación en España y del abuso de la temporalidad como factor de desregulación y del ajuste del empleo ante los ciclos, bien sea de la empresa, bien sea del conjunto de la economía. Y es también el primer precedente de cómo se ha venido utilizando el elevado desempleo como factor de legitimación social de las reformas de la legislación laboral llevadas a cabo en España. A partir de entonces, se han producido 52 reformas del Estatuto de los Trabajadores de 1980 y de otras leyes laborales o del orden social concordantes. Reformas de diferente intensidad, pero siempre orientadas, a decir del legislador de la época, por la intención de promover la creación de empleo o de reducir la precariedad o dualidad del mercado de trabajo.
Durante tres décadas son muchos los datos y los estudios que permiten impugnar esta simplista relación entre legislación laboral y evolución del empleo. Para citar los más cercanos en el tiempo, baste recordar que con la legislación que durante la crisis ha sido identificada como la causa del crecimiento del desempleo, es la misma que existía entre 1995 y 2007, período en que el empleo en España creció un 62% y pasó de 12 millones de personas ocupadas a 20 millones en el momento álgido del ciclo. Ello sucedía, mientras el empleo en el conjunto de la Unión Europea de los 15 crecía en el mismo período un 17,2 % y en Alemania crecía un 6%.
A pesar de la evidencia de estos datos, el discurso dominante no ha variado. Y todas las legislaturas han vivido, con mayor o menor intensidad, una ofensiva para reformar la legislación laboral con la coartada, de que con esas reformas se reduciría el desempleo y se crearía empleo. Incluso ello ha sido así en momentos de gran crecimiento del empleo, como en la reforma del Gobierno Aznar del 2002, aprobada primero por Real Decreto Ley y modificada después por la Ley 45/2002 de 12 de diciembre que instauró lo que se conoce como procedimiento de “despido express” en el despido disciplinario. Figura que posteriormente perfeccionó el Real Decreto Ley 10/2010 y la Ley 35/2010, ampliando esta posibilidad de “despido express” para los despidos objetivos
La mayoría de las reformas de la legislación laboral aprobadas durante estas décadas – con alguna excepción - se han construido siempre bajo la supuesta orientación, recogida en sus exposiciones de motivos, de incentivar la flexibilidad interna de las condiciones de trabajo para evitar el abuso en la flexibilidad externa en el momento inicial de la contratación o en el momento final de la relación laboral, con los despidos. La lectura de las Reformas aprobadas, que en la mayoría de los casos sufren de grave fariseísmo político entre lo que dicen sus exposiciones de motivos y lo que dicen las normas aprobadas, desmiente que esa haya sido la orientación real y sobre todo las consecuencias prácticas de las mismas.
El hilo conductor real de las reformas laborales hasta llegar al cenit del Real Decreto Ley 3/2012 ha sido siempre el mismo: importantes mecanismos de flexibilidad en la contratación, acompañados de significativas bonificaciones a la contratación, que diferentes estudios realizados -entre otros por el equipo del profesor Luis Toharia - han demostrado tener escasa utilidad para determinar u orientar los comportamientos empresariales; procesos de desregulación en la prestación de trabajo, con una claro avance de la unilateralidad empresarial en la modificación de condiciones de trabajo, incluso contra lo establecido en pactos colectivos, acompañado de un retroceso en los mecanismos de flexibilidad pactada, intervención de los representantes de los trabajadores y de la autoridad laboral; deslegalización en la regulación de las condiciones de trabajo, con un retroceso de la ley en beneficio en primer lugar de la negociación colectiva y después de la unilateralidad empresarial o del vacío regulatorio.
Y por último la ampliación de las facilidades para los despidos, por la triple vía de ampliar las causas que dan pie a la rescisión de los contratos, especialmente para las llamadas causas objetivas, reducción significativa de las indemnizaciones de los trabajadores para los casos en que el despido sea reconocido o declarado improcedente, práctica desaparición de los supuestos de nulidad del despido y también la desaparición de la figura de los salarios de tramitación. Sin olvidar la significativa limitación de las posibilidades de ejercer la tutela judicial por parte de los trabajadores. Como expresión de esta evolución a favor del despido sin causa se encuentra la práctica desaparición en el Real Decreto Ley 10/2010 de las causas de nulidad en el despido objetivo, culminando así el proceso iniciado por la Ley 45/2002. Las consecuencias de esta evolución legislativa son que cada vez más el despido causal, que hunde sus raíces en el derecho al trabajo del artículo 35 de la Constitución española, se ha convertido de facto en una desistimiento unilateral y sin causa de la relación de trabajo, con indemnización tasada.
El resultado en términos de empleo y condiciones de trabajo es harto conocido. Pérdida significativa de la calidad del empleo, provocada en muchas ocasiones por cambios legislativos que en su momento se justificaron por la necesidad de incentivar el empleo. Condiciones de entrada al trabajo cada vez más precarias, con menos salario y menos estabilidad, procesos intensivos de sustitución de trabajadores maduros por trabajadores jóvenes con grandes diferencias de costes laborales. Procesos de externalización productiva en búsqueda de reducción de costes por parte de las pymes y micro empresas a las que cada vez más se les hace jugar un papel periférico en la organización de los procesos productivos.
Todo ello en términos agregados ha generado un mercado de trabajo español con tres características distintivas: una gran diferencia, dualidad o segmentación en el comportamiento de los sectores, de las CCAA y de las empresas en función del tamaño de las plantillas; un comportamiento muy ciclotímico en la evolución del empleo. Y una posición cada vez más periférica de las empresas españolas en la distribución del trabajo en un contexto de globalización. Lo que ha convertido a nuestras pymes en el mecanismo predilecto de ajuste rápido del volumen del empleo por parte de las empresas centrales que controlan productos y mercados, desentendiéndose de la producción directa. Y a nuestro tejido productivo en el eslabón débil de los ajustes en épocas de crisis globales como la actual.
A ello no ha sido ajeno, sin duda, la peculiar y débil composición de nuestro tejido productivo. Con un peso importante del empleo en sectores como la construcción residencial o el turismo estacional. Con una primacía de las micro empresas que se pone de manifiesto en el hecho de que el 99% de las empresas españolas tienen menos de 50 trabajadores o el 87% menos de 10 trabajadores. Y un escaso peso de las empresas exportadoras que por sus características de plantilla – mediana de 200 trabajadores- elevada estabilidad y salarios en términos comparativos, significativa formación de sus trabajadores e innovación de sus procesos productivos y sus productos, son las que mejor soportan los ciclos económicos, incluida la actual contracción económica.
Y las diferentes reformas de la legislación laboral producidas durante tres décadas lejos de reducir estos factores de debilidad de nuestro tejido productivo los han incrementado. Por la vía de lo que algunos sociólogos del trabajo han calificado de efectos colaterales de las reformas. Aquellos efectos que no estando, al menos explícitamente en las intenciones del legislador, han sido sus consecuencias más importantes en el medio plazo. Esta es una de las causas que explica las grandes diferencias sectoriales y territoriales que en términos de empleo y de cualidad del mismo se dan en el mercado de trabajo español.
Así, con la misma legislación laboral para toda España las tasas de desempleo son radicalmente distintas entre CCAA, tanto en los momentos de crisis, como en los de crecimiento, de manera que algunas CCAA tienen siempre el triple de tasa de desempleo que otras. Algo parecido sucede en términos de tasa de temporalidad, en relación a los diferentes sectores productivos, conviviendo con la misma legislación, el sector industrial con niveles de temporalidad muy armonizados a la media de la UE y en cambio sectores como la construcción o el Turismo en que por sus tasas de temporalidad son más del triple. Una dualidad en la tasa de temporalidad que también se produce en función del tamaño de las empresas. A menor tamaño, más temporalidad. Ello sin obviar los elevados niveles de temporalidad en el Sector Público. Esas diferencias en las tasas de temporalidad entre sectores se traslada también a grandes diferencias entre CCAA en función de la diversa estructura productiva de cada Comunidad y del peso que cada sector tiene en ella.
El resultado en términos históricos es que cada vez más, las diferentes reformas laborales han ido perdiendo como eje de su actuación el mandato constitucional de la garantía del derecho al trabajo, recogido en el artículo 35 de la Constitución Española, para pasar a ser concebidas como meros instrumentos al servicio de unas determinadas políticas económicas desreguladoras de la relación de trabajo. Este proceso de mutación en la consideración del trabajo como un derecho reconocido constitucionalmente, que debe ser protegido y tutelado por la legislación laboral, al trabajo como un factor productivo, regido por las reglas del mercado, como una mercancía más; ha cruzado todas las fronteras y ha llegado a su cenit con el cambio de denominación del Ministerio de Trabajo, como Ministerio de Empleo. Y especialmente en el preámbulo y en el contenido dispositivo del Real Decreto Ley 3/2012, ahora convertido en Proyecto de Ley.
La diferencia más substancial del Real Decreto Ley 3/2012 en relación a reformas laborales anteriores es que aborda de manera nítida y como objetivo central el debilitamiento de la negociación colectiva. La intención del Ejecutivo, en funciones legislativas, y las concepciones y reflexiones que le llevan a modificar de manera significativa aspectos básicos de la negociación colectiva como la fuerza vinculante de los convenios o las normas de articulación, son muy nítidas. A juicio del Ejecutivo, las reformas laborales anteriores no han conseguido el objetivo perseguido, que no es otro que los ajustes en momentos de crisis se hagan a partir de una reducción significativa de los salarios, y a ello –dicen- ha contribuido el papel jugado por la negociación colectiva. Se trata pues, en la intención del ejecutivo en funciones legislativas, de modificar las reglas de la negociación colectiva para que permitan a las empresas imponer ajustes unilaterales en condiciones de trabajo y salarios.
Esa puede ser la razón por la que incomprensiblemente el Gobierno haya decidido no tomar en consideración el resultado de la concertación social entre CEOE, CEPYME, por un lado y CCOO y UGT, del otro, plasmado en el Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva de enero del 2012. Un acuerdo en que los firmantes pretenden combinar una evolución salarial para los próximos tres años de reducción de los salarios reales, con el mantenimiento de los mecanismos de flexibilidad negociada y pactada de las condiciones de trabajo y el mantenimiento de las reglas básicas de la negociación colectiva. Por contra el Real Decreto- Ley 3/2012 tiene como claro objetivo modificar de manera significativa y estructural – completa se dice - las reglas de la negociación colectiva. Para poner en manos de la unilateralidad empresarial una disminución drástica y permanente de los salarios. Y para que esta fórmula de ajuste pueda darse no solo en momentos de crisis económica, sino en cualquier circunstancia.
En base a estas consideraciones, la presente enmienda a la totalidad pretende un doble objetivo. Una impugnación de raíz de la premisa sobre la que se han venido justificando hasta ahora las reformas laborales y muy especialmente el Real Decreto ley 3/2012. Y un intento de recuperar los equilibrios perdidos en anteriores Reformas laborales, de manera que sea la flexibilidad pactada y la negociación colectiva el mejor instrumento de ajuste, sin que ello comporte una mayor precarización de las condiciones de trabajo. Recuperar en última instancia la propia razón de existir del Derecho del Trabajo, que no es otra que la introducción de reglas civilizatorias en unas relaciones, las económicas, que se dan en los centros de trabajo, caracterizadas por fuertes dosis de desigualdad e incivilidad. Al tiempo que, en coherencia con lo afirmado hasta ahora, pretendamos recuperar para la regulación laboral la función que le encarga el artículo 35 de la Constitución española que no es otro que la garantía del derecho al trabajo. Para lo cual es imprescindible que la legislación laboral recupere su función de generar equilibrios en la prestación de trabajo y no la de producir más desequilibrios a los ya existentes en la desigual relación de trabajo.
En el capítulo I referido a los mecanismos para incentivar la empleabilidad se opta por reforzar el carácter no lucrativo de los mecanismos privados de intermediación que actúen como entidades colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo. Esta limitación a la intervención del lucro empresarial en la actividad intermediadora nace de la evidencia de en los casos en que se trata de gestionar el acceso a un derecho como el trabajo, el conflicto de intereses que se produce entre el objeto de la intervención, facilitar trabajo y el interés empresarial legitimo al beneficio, suele terminar con una absoluta primacía del segundo. Y si ello no tiene más importancia cuando se trata de meras mercancías, en forma de bienes o servicios, si que la tiene cuando el objeto de la actividad empresarial es un derecho tan básico para el ser humano, como el trabajo. La incorporación del ánimo de lucro en la actividad de intermediación suele comportar procesos de segmentación, dada la natural inclinación de la empresa intermediadora privada a concentrarse en la búsqueda de empleo de las personas de más fácil “empleabilidad”, en perjuicio de aquellas con más dificultades en la búsqueda de empleo. Es esa misma razón la que nos lleva a plantear una clara separación entre las funciones y actuaciones de intermediación en la búsqueda de empleo de las entidades privadas sin ánimo de lucro colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo, de las funciones que desarrollan las Empresas de Trabajo Temporal.
En relación a los contratos formativos, la redacción alternativa que proponemos para el contrato de formación pretende de un lado establecer límites temporales y objetivos, para evitar su uso abusivo. Al tiempo que se amplían las personas susceptibles de celebrar un contrato de formación a quienes por sus dificultades de inserción laboral requieren de la formación en alternancia con independencia de la edad que tengan, especialmente cuando se trata de personas en riesgo de exclusión social a las que las empresas de inserción que trabajan con estos colectivos pueden facilitar la formación y la inserción laboral, si la normativa laboral les ofrece un marco flexible para ello. Y en relación al contrato en prácticas se pretende recuperar determinados equilibrios entre la flexibilidad en el acceso al mismo y los límites para su utilización abusiva y en fraude de ley. Al tiempo que se establecen límites que impidan el encadenamiento de contratos formativos, con procesos de contratación que nada tienen que ver con la función de facilitar formación a los trabajadores.
En el Capítulo II dedicado a las medidas de fomento del empleo el objetivo es evitar que la legítima y deseable búsqueda del incentivo a la creación de empleo estable se convierta en medidas que bajo este nombre oculten claros mecanismos de fraude de ley. En formas distintas como los períodos de prueba de 1 año, que superan claramente la propia naturaleza y función de la figura jurídica del período de prueba. O en forma de mantenimiento de los encadenamientos de los contratos temporales. O evitar las desigualdades en las condiciones de trabajo en función del volumen del tamaño de las empresas en unos términos que perfectamente pudieran calificarse de discriminatorios y por ende ser tachados de inconstitucionales. Al tiempo que se trata de restituir los mecanismos de garantía de la causalidad en la contratación para evitar que los deslizamientos hacia formas de contratación acausal lleguen a suponer una clara trasgresión del derecho al trabajo recogido en el artículo 35 de la Constitución Española.
En relación al contrato a tiempo parcial las modificaciones propuestas tienen un doble objetivo, evitar que su desregulación en materia de prolongación en la prestación de servicios, especialmente a través de las horas extraordinarias, termine convirtiendo a este contrato en un mecanismo de total desregulación de las condiciones de trabajo que puedan afectar incluso a la propia vida personal de la trabajadora o trabajador que lo suscribe. Y de otra, evitar que avance más el proceso de feminización de este contrato hasta convertirlo de facto en el contrato perfecto para que las mujeres puedan y deban desarrollar de manera no voluntaria la doble jornada, la laboral a tiempo parcial con salarios muy bajos y la personal o familiar. Evitar pues que la regulación del contrato a tiempo parcial se convierta en un incentivo más para la reproducción y mantenimiento de los roles que las estructuras sociales encargan a las mujeres en nuestra sociedad.
En el Capítulo III dedicado a la flexibilidad interna de las condiciones de trabajo, las modificaciones propuestas tienen como objetivo restituir el principio básico de la flexibilidad que es el de su carácter negociado y pactado. Estableciendo el necesario equilibrio entre las necesidades de las empresas para proceder a rápidos procesos de adaptación a las exigencias en la producción de bienes y servicios con las necesidades y derechos del trabajador y la trabajadora como persona. Se trata pues de huir del concepto de “flexibilidad con rostro de máquina” para auspiciar la “flexibilidad de rostro humano”. A sabiendas que las experiencias de los últimos años en muchos convenios colectivos demuestran que la regulación que proponemos en ningún caso comporta la imposibilidad de gestionar de manera flexible las condiciones de trabajo con el necesario equilibrio entre necesidades empresariales y necesidades de las personas que prestan sus servicios.
Una especial atención hemos querido dedicar a las propuestas referidas a la modificación substancial de las condiciones de trabajo del artículo 41 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con un doble objetivo, acotar los contenidos que pueden ser modificados por este procedimiento, sin que ello suponga un vaciamiento de facto de la función del convenio colectivo, y de otro establecer determinados límites tanto objetivos como procedimentales.
Las medidas que proponemos van en la línea de los equilibrios alcanzados en el apartado referido a negociación colectiva en el Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva firmado el 25 de enero del 2012 entre la CEOE CEPYME y CCOO y UGT. Un Acuerdo que a pesar de contar con el valor añadido a su contenido, de ser fruto del proceso de concertación social, ha sido ignorado de manera incomprensible en la elaboración del Real Decreto Ley 3/2012, ahora convertido en proyecto de ley. Que el Gobierno en su función legislativa haya considerado no útiles los acuerdos alcanzados en esta materia hace dudar de la sinceridad de sus llamadas al dialogo y a la negociación. Y al tiempo pone de manifiesto que la voluntad real no es la de ofrecer a las empresas mecanismos de flexibilidad, sino debilitar en extremo los mecanismos de participación de los representantes de los trabajadores y de la negociación colectiva en la determinación de las condiciones de trabajo.
En este capítulo se recogen modificaciones que aparecen también en otros apartados de la enmienda a la totalidad, en relación a la regulación de las formas de representación de los trabajadores en los supuestos en que no exista en la empresa la representación legal. Para estos casos se opta por cubrir el vacío a partir de un proceso por el que los trabajadores de las empresas, sin representación unitaria, podrán elegir una comisión de tres miembros formada por representantes de las organizaciones sindicales más representativas o representativas del sector. En esta regulación se ha querido huir deliberadamente de la fórmula de “representación ad hoc” de representantes directos de los trabajadores, regulada por primera vez por el Real Decreto-Ley 10/2010 y la Ley 35/2011. Este mecanismo de representación, en una estructura empresarial en la que el 87% de la empresas tienen menos de 10 trabajadores, comporta un riesgo cierto de injerencia empresarial en la elección de estos representantes y de generalización de prácticas contrarias a la libertad sindical y que vacíen el contenido de los convenios colectivos de sector. Ello sin perjuicio de la más que probable vulneración de lo que establecen los convenios 87 y 98 de la OIT en esta materia.
En el capítulo IV dirigido a medidas para garantizar el ejercicio efectivo del derecho al trabajo se introduce un conjunto de garantías tendentes a recuperar equilibrios básicos de la relación de trabajo y a que la apuesta para incentivar la flexibilidad interna como mecanismo de desincentivación de la flexibilidad externa vía contratación y despidos sea sincera y real. Como han puesto de manifiesto las reformas laborales anteriores no es posible dirigir los mecanismos de ajuste en el empleo hacia la flexibilidad interna si, por mucho que se abran las posibilidades al gobierno empresarial de esta flexibilidad, en paralelo se continúan ampliando hasta el infinito los mecanismos para facilitar, descausalizar y hacer más barato los procesos de despido. Incluso, situando a la legislación laboral española, en una posición de claro incumplimiento del Convenio 158 de la OIT.
De manera destacada, se plantea la recuperación del procedimiento de autorización administrativa previa por parte de la Autoridad Laboral. Convencidos que ofrece un equilibrio y un marco de certidumbre a las partes muy superior al que ha establecido el Real Decreto-Ley 3/2012, ahora convertido en Proyecto de Ley. Y convencidos también que la figura de la autorización administrativa previa cabe perfectamente en el marco de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos. Y que en ningún caso puede identificarse este procedimiento con una “excesiva rigidez” en los procesos de ajuste del empleo. Como demuestra que uno de los países que mantiene este procedimiento, sean los Países Bajos, puesto como ejemplo de “flexiseguridad”, incluso por los ideólogos del Real Decreto Ley 3/2012.
En este capítulo y en relación a los despidos objetivos en los supuestos llamados de absentismo, se pretende recuperar como definición objetiva de la causa, la doble condición de las faltas de asistencia al trabajo por parte del trabajador con los niveles de absentismo global de la empresa. Recordando que la letra d) del artículo 52 del texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, no tiene como función la tipificación de causas disciplinarias, sino la de aquellos supuestos de empresas, en las que la confluencia de comportamientos individuales de los trabajadores puedan generar problemas de eficiencia en el funcionamiento empresarial. Una regulación que en la nueva redacción dada por el Real Decreto Ley 3/2012 está provocando abusos importantes en las pocas semanas en que está vigente y que podría entrar en clara colisión con el derecho a la salud de los trabajadores.
También en este capítulo se recupera la regulación de los supuestos en los que el despido deba ser considerado nulo, con readmisión del trabajador, convencidos de que el establecimiento de garantías formales en los procesos de despido, forma parte indisociable del derecho al trabajo del artículo 35 de la Constitución española. Y en los mismos términos se referencia el apartado 4 del artículo 56, al establecer los supuestos en que la declaración de improcedencia debe comportar la opción del trabajador despedido entre la readmisión a su puesto de trabajo o la indemnización sustitutiva. Una regulación, la de la readmisión del trabajador en los supuestos de despido declarado judicialmente como improcedente, que tiene muchos referentes en la legislación laboral de otros países de la Unión Europea. Algunos de ellos o la mayoría, con niveles de desempleo muy inferiores a los españoles, lo que impide establecer como se hace desde algunos foros una relación causa efecto entre readmisión obligatoria y rigidez en la relación de trabajo.
En el capitulo V se incorporan regulaciones que sin formar parte del objeto del Real Decreto Ley 3/2012 si lo son del Real Decreto legislativo 1/1995 de 24 de marzo. En materias importantes para la compatibilidad entre vida laboral y vida personal que, la experiencia de estos años ha demostrado no se puede dejar al albur exclusivamente de Planes de conciliación o de “Buenas prácticas”. En la dirección de incorporar medidas que puedan contribuir a reducir los obstáculos a la igualdad efectiva en el acceso al trabajo, se incorporan modificaciones referidas a incentivar la “empleabilidad” de personas con discapacidad o personas en riesgo de exclusión social. A sabiendas de que se trata de colectivos distintos, pero que comparten las dificultades para que se pueda garantizar de manera efectiva la igualdad real en el acceso al empleo.
En el Capítulo VI se recogen aquellas propuestas dirigidas a facilitar la ordenación de las necesidades de personal de las Administraciones Públicas y de las entidades de derecho público vinculadas. Evitando los procesos de dualización en el tratamiento de las medidas de ajuste en función de la condición de funcionario o de laboral de los empleados públicos afectados.
(Adjunto como documento el texto alternativo completo. Pincha aquí para leerlo)
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Enmienda a la Totalidad con propuesta de texto completo alternativo al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (procedente del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero). (121/000004)
Exposición de Motivos
Existe una amplia coincidencia en considerar las elevadas tasas de desempleo de nuestro país, especialmente entre jóvenes o parados de larga duración, como el primer problema de la sociedad española. La descripción de los datos de la Encuesta de Población Activa del 4º trimestre del 2011 es muy elocuente. 5.273.600 personas desempleadas, lo que supone una tasa de paro del 22,85%. El desempleo entre las personas jóvenes de hasta 25 años asciende al 50%
Pero esa coincidencia en la identificación del problema, no existe cuando se trata de señalar las causas que lo provocan. Desde hace años y para justificar los cambios en la legislación laboral se viene repitiendo desde determinados foros económicos, medios de comunicación y partidos políticos que la principal causa del desempleo estructural se encuentra en el modelo laboral español y la llamada rigidez del mercado de trabajo.
El elevado desempleo de comienzos de los años ochenta de siglo pasado, provocado por los grandes cambios de la economía española y la reconversión industrial, llevaron al Gobierno de la época a plantear como mecanismo incentivador del empleo la creación de un nuevo contrato temporal de fomento del empleo. Un contrato caracterizado por su naturaleza acausal, es decir por la posibilidad de utilizar la contratación temporal sin causa para cubrir todo tipo de puestos de trabajo, incluidos aquellos de naturaleza permanente.
En aquella reforma de 1984 está el origen del comportamiento de la contratación en España y del abuso de la temporalidad como factor de desregulación y del ajuste del empleo ante los ciclos, bien sea de la empresa, bien sea del conjunto de la economía. Y es también el primer precedente de cómo se ha venido utilizando el elevado desempleo como factor de legitimación social de las reformas de la legislación laboral llevadas a cabo en España. A partir de entonces, se han producido 52 reformas del Estatuto de los Trabajadores de 1980 y de otras leyes laborales o del orden social concordantes. Reformas de diferente intensidad, pero siempre orientadas, a decir del legislador de la época, por la intención de promover la creación de empleo o de reducir la precariedad o dualidad del mercado de trabajo.
Durante tres décadas son muchos los datos y los estudios que permiten impugnar esta simplista relación entre legislación laboral y evolución del empleo. Para citar los más cercanos en el tiempo, baste recordar que con la legislación que durante la crisis ha sido identificada como la causa del crecimiento del desempleo, es la misma que existía entre 1995 y 2007, período en que el empleo en España creció un 62% y pasó de 12 millones de personas ocupadas a 20 millones en el momento álgido del ciclo. Ello sucedía, mientras el empleo en el conjunto de la Unión Europea de los 15 crecía en el mismo período un 17,2 % y en Alemania crecía un 6%.
A pesar de la evidencia de estos datos, el discurso dominante no ha variado. Y todas las legislaturas han vivido, con mayor o menor intensidad, una ofensiva para reformar la legislación laboral con la coartada, de que con esas reformas se reduciría el desempleo y se crearía empleo. Incluso ello ha sido así en momentos de gran crecimiento del empleo, como en la reforma del Gobierno Aznar del 2002, aprobada primero por Real Decreto Ley y modificada después por la Ley 45/2002 de 12 de diciembre que instauró lo que se conoce como procedimiento de “despido express” en el despido disciplinario. Figura que posteriormente perfeccionó el Real Decreto Ley 10/2010 y la Ley 35/2010, ampliando esta posibilidad de “despido express” para los despidos objetivos
La mayoría de las reformas de la legislación laboral aprobadas durante estas décadas – con alguna excepción - se han construido siempre bajo la supuesta orientación, recogida en sus exposiciones de motivos, de incentivar la flexibilidad interna de las condiciones de trabajo para evitar el abuso en la flexibilidad externa en el momento inicial de la contratación o en el momento final de la relación laboral, con los despidos. La lectura de las Reformas aprobadas, que en la mayoría de los casos sufren de grave fariseísmo político entre lo que dicen sus exposiciones de motivos y lo que dicen las normas aprobadas, desmiente que esa haya sido la orientación real y sobre todo las consecuencias prácticas de las mismas.
El hilo conductor real de las reformas laborales hasta llegar al cenit del Real Decreto Ley 3/2012 ha sido siempre el mismo: importantes mecanismos de flexibilidad en la contratación, acompañados de significativas bonificaciones a la contratación, que diferentes estudios realizados -entre otros por el equipo del profesor Luis Toharia - han demostrado tener escasa utilidad para determinar u orientar los comportamientos empresariales; procesos de desregulación en la prestación de trabajo, con una claro avance de la unilateralidad empresarial en la modificación de condiciones de trabajo, incluso contra lo establecido en pactos colectivos, acompañado de un retroceso en los mecanismos de flexibilidad pactada, intervención de los representantes de los trabajadores y de la autoridad laboral; deslegalización en la regulación de las condiciones de trabajo, con un retroceso de la ley en beneficio en primer lugar de la negociación colectiva y después de la unilateralidad empresarial o del vacío regulatorio.
Y por último la ampliación de las facilidades para los despidos, por la triple vía de ampliar las causas que dan pie a la rescisión de los contratos, especialmente para las llamadas causas objetivas, reducción significativa de las indemnizaciones de los trabajadores para los casos en que el despido sea reconocido o declarado improcedente, práctica desaparición de los supuestos de nulidad del despido y también la desaparición de la figura de los salarios de tramitación. Sin olvidar la significativa limitación de las posibilidades de ejercer la tutela judicial por parte de los trabajadores. Como expresión de esta evolución a favor del despido sin causa se encuentra la práctica desaparición en el Real Decreto Ley 10/2010 de las causas de nulidad en el despido objetivo, culminando así el proceso iniciado por la Ley 45/2002. Las consecuencias de esta evolución legislativa son que cada vez más el despido causal, que hunde sus raíces en el derecho al trabajo del artículo 35 de la Constitución española, se ha convertido de facto en una desistimiento unilateral y sin causa de la relación de trabajo, con indemnización tasada.
El resultado en términos de empleo y condiciones de trabajo es harto conocido. Pérdida significativa de la calidad del empleo, provocada en muchas ocasiones por cambios legislativos que en su momento se justificaron por la necesidad de incentivar el empleo. Condiciones de entrada al trabajo cada vez más precarias, con menos salario y menos estabilidad, procesos intensivos de sustitución de trabajadores maduros por trabajadores jóvenes con grandes diferencias de costes laborales. Procesos de externalización productiva en búsqueda de reducción de costes por parte de las pymes y micro empresas a las que cada vez más se les hace jugar un papel periférico en la organización de los procesos productivos.
Todo ello en términos agregados ha generado un mercado de trabajo español con tres características distintivas: una gran diferencia, dualidad o segmentación en el comportamiento de los sectores, de las CCAA y de las empresas en función del tamaño de las plantillas; un comportamiento muy ciclotímico en la evolución del empleo. Y una posición cada vez más periférica de las empresas españolas en la distribución del trabajo en un contexto de globalización. Lo que ha convertido a nuestras pymes en el mecanismo predilecto de ajuste rápido del volumen del empleo por parte de las empresas centrales que controlan productos y mercados, desentendiéndose de la producción directa. Y a nuestro tejido productivo en el eslabón débil de los ajustes en épocas de crisis globales como la actual.
A ello no ha sido ajeno, sin duda, la peculiar y débil composición de nuestro tejido productivo. Con un peso importante del empleo en sectores como la construcción residencial o el turismo estacional. Con una primacía de las micro empresas que se pone de manifiesto en el hecho de que el 99% de las empresas españolas tienen menos de 50 trabajadores o el 87% menos de 10 trabajadores. Y un escaso peso de las empresas exportadoras que por sus características de plantilla – mediana de 200 trabajadores- elevada estabilidad y salarios en términos comparativos, significativa formación de sus trabajadores e innovación de sus procesos productivos y sus productos, son las que mejor soportan los ciclos económicos, incluida la actual contracción económica.
Y las diferentes reformas de la legislación laboral producidas durante tres décadas lejos de reducir estos factores de debilidad de nuestro tejido productivo los han incrementado. Por la vía de lo que algunos sociólogos del trabajo han calificado de efectos colaterales de las reformas. Aquellos efectos que no estando, al menos explícitamente en las intenciones del legislador, han sido sus consecuencias más importantes en el medio plazo. Esta es una de las causas que explica las grandes diferencias sectoriales y territoriales que en términos de empleo y de cualidad del mismo se dan en el mercado de trabajo español.
Así, con la misma legislación laboral para toda España las tasas de desempleo son radicalmente distintas entre CCAA, tanto en los momentos de crisis, como en los de crecimiento, de manera que algunas CCAA tienen siempre el triple de tasa de desempleo que otras. Algo parecido sucede en términos de tasa de temporalidad, en relación a los diferentes sectores productivos, conviviendo con la misma legislación, el sector industrial con niveles de temporalidad muy armonizados a la media de la UE y en cambio sectores como la construcción o el Turismo en que por sus tasas de temporalidad son más del triple. Una dualidad en la tasa de temporalidad que también se produce en función del tamaño de las empresas. A menor tamaño, más temporalidad. Ello sin obviar los elevados niveles de temporalidad en el Sector Público. Esas diferencias en las tasas de temporalidad entre sectores se traslada también a grandes diferencias entre CCAA en función de la diversa estructura productiva de cada Comunidad y del peso que cada sector tiene en ella.
El resultado en términos históricos es que cada vez más, las diferentes reformas laborales han ido perdiendo como eje de su actuación el mandato constitucional de la garantía del derecho al trabajo, recogido en el artículo 35 de la Constitución Española, para pasar a ser concebidas como meros instrumentos al servicio de unas determinadas políticas económicas desreguladoras de la relación de trabajo. Este proceso de mutación en la consideración del trabajo como un derecho reconocido constitucionalmente, que debe ser protegido y tutelado por la legislación laboral, al trabajo como un factor productivo, regido por las reglas del mercado, como una mercancía más; ha cruzado todas las fronteras y ha llegado a su cenit con el cambio de denominación del Ministerio de Trabajo, como Ministerio de Empleo. Y especialmente en el preámbulo y en el contenido dispositivo del Real Decreto Ley 3/2012, ahora convertido en Proyecto de Ley.
La diferencia más substancial del Real Decreto Ley 3/2012 en relación a reformas laborales anteriores es que aborda de manera nítida y como objetivo central el debilitamiento de la negociación colectiva. La intención del Ejecutivo, en funciones legislativas, y las concepciones y reflexiones que le llevan a modificar de manera significativa aspectos básicos de la negociación colectiva como la fuerza vinculante de los convenios o las normas de articulación, son muy nítidas. A juicio del Ejecutivo, las reformas laborales anteriores no han conseguido el objetivo perseguido, que no es otro que los ajustes en momentos de crisis se hagan a partir de una reducción significativa de los salarios, y a ello –dicen- ha contribuido el papel jugado por la negociación colectiva. Se trata pues, en la intención del ejecutivo en funciones legislativas, de modificar las reglas de la negociación colectiva para que permitan a las empresas imponer ajustes unilaterales en condiciones de trabajo y salarios.
Esa puede ser la razón por la que incomprensiblemente el Gobierno haya decidido no tomar en consideración el resultado de la concertación social entre CEOE, CEPYME, por un lado y CCOO y UGT, del otro, plasmado en el Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva de enero del 2012. Un acuerdo en que los firmantes pretenden combinar una evolución salarial para los próximos tres años de reducción de los salarios reales, con el mantenimiento de los mecanismos de flexibilidad negociada y pactada de las condiciones de trabajo y el mantenimiento de las reglas básicas de la negociación colectiva. Por contra el Real Decreto- Ley 3/2012 tiene como claro objetivo modificar de manera significativa y estructural – completa se dice - las reglas de la negociación colectiva. Para poner en manos de la unilateralidad empresarial una disminución drástica y permanente de los salarios. Y para que esta fórmula de ajuste pueda darse no solo en momentos de crisis económica, sino en cualquier circunstancia.
En base a estas consideraciones, la presente enmienda a la totalidad pretende un doble objetivo. Una impugnación de raíz de la premisa sobre la que se han venido justificando hasta ahora las reformas laborales y muy especialmente el Real Decreto ley 3/2012. Y un intento de recuperar los equilibrios perdidos en anteriores Reformas laborales, de manera que sea la flexibilidad pactada y la negociación colectiva el mejor instrumento de ajuste, sin que ello comporte una mayor precarización de las condiciones de trabajo. Recuperar en última instancia la propia razón de existir del Derecho del Trabajo, que no es otra que la introducción de reglas civilizatorias en unas relaciones, las económicas, que se dan en los centros de trabajo, caracterizadas por fuertes dosis de desigualdad e incivilidad. Al tiempo que, en coherencia con lo afirmado hasta ahora, pretendamos recuperar para la regulación laboral la función que le encarga el artículo 35 de la Constitución española que no es otro que la garantía del derecho al trabajo. Para lo cual es imprescindible que la legislación laboral recupere su función de generar equilibrios en la prestación de trabajo y no la de producir más desequilibrios a los ya existentes en la desigual relación de trabajo.
En el capítulo I referido a los mecanismos para incentivar la empleabilidad se opta por reforzar el carácter no lucrativo de los mecanismos privados de intermediación que actúen como entidades colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo. Esta limitación a la intervención del lucro empresarial en la actividad intermediadora nace de la evidencia de en los casos en que se trata de gestionar el acceso a un derecho como el trabajo, el conflicto de intereses que se produce entre el objeto de la intervención, facilitar trabajo y el interés empresarial legitimo al beneficio, suele terminar con una absoluta primacía del segundo. Y si ello no tiene más importancia cuando se trata de meras mercancías, en forma de bienes o servicios, si que la tiene cuando el objeto de la actividad empresarial es un derecho tan básico para el ser humano, como el trabajo. La incorporación del ánimo de lucro en la actividad de intermediación suele comportar procesos de segmentación, dada la natural inclinación de la empresa intermediadora privada a concentrarse en la búsqueda de empleo de las personas de más fácil “empleabilidad”, en perjuicio de aquellas con más dificultades en la búsqueda de empleo. Es esa misma razón la que nos lleva a plantear una clara separación entre las funciones y actuaciones de intermediación en la búsqueda de empleo de las entidades privadas sin ánimo de lucro colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo, de las funciones que desarrollan las Empresas de Trabajo Temporal.
En relación a los contratos formativos, la redacción alternativa que proponemos para el contrato de formación pretende de un lado establecer límites temporales y objetivos, para evitar su uso abusivo. Al tiempo que se amplían las personas susceptibles de celebrar un contrato de formación a quienes por sus dificultades de inserción laboral requieren de la formación en alternancia con independencia de la edad que tengan, especialmente cuando se trata de personas en riesgo de exclusión social a las que las empresas de inserción que trabajan con estos colectivos pueden facilitar la formación y la inserción laboral, si la normativa laboral les ofrece un marco flexible para ello. Y en relación al contrato en prácticas se pretende recuperar determinados equilibrios entre la flexibilidad en el acceso al mismo y los límites para su utilización abusiva y en fraude de ley. Al tiempo que se establecen límites que impidan el encadenamiento de contratos formativos, con procesos de contratación que nada tienen que ver con la función de facilitar formación a los trabajadores.
En el Capítulo II dedicado a las medidas de fomento del empleo el objetivo es evitar que la legítima y deseable búsqueda del incentivo a la creación de empleo estable se convierta en medidas que bajo este nombre oculten claros mecanismos de fraude de ley. En formas distintas como los períodos de prueba de 1 año, que superan claramente la propia naturaleza y función de la figura jurídica del período de prueba. O en forma de mantenimiento de los encadenamientos de los contratos temporales. O evitar las desigualdades en las condiciones de trabajo en función del volumen del tamaño de las empresas en unos términos que perfectamente pudieran calificarse de discriminatorios y por ende ser tachados de inconstitucionales. Al tiempo que se trata de restituir los mecanismos de garantía de la causalidad en la contratación para evitar que los deslizamientos hacia formas de contratación acausal lleguen a suponer una clara trasgresión del derecho al trabajo recogido en el artículo 35 de la Constitución Española.
En relación al contrato a tiempo parcial las modificaciones propuestas tienen un doble objetivo, evitar que su desregulación en materia de prolongación en la prestación de servicios, especialmente a través de las horas extraordinarias, termine convirtiendo a este contrato en un mecanismo de total desregulación de las condiciones de trabajo que puedan afectar incluso a la propia vida personal de la trabajadora o trabajador que lo suscribe. Y de otra, evitar que avance más el proceso de feminización de este contrato hasta convertirlo de facto en el contrato perfecto para que las mujeres puedan y deban desarrollar de manera no voluntaria la doble jornada, la laboral a tiempo parcial con salarios muy bajos y la personal o familiar. Evitar pues que la regulación del contrato a tiempo parcial se convierta en un incentivo más para la reproducción y mantenimiento de los roles que las estructuras sociales encargan a las mujeres en nuestra sociedad.
En el Capítulo III dedicado a la flexibilidad interna de las condiciones de trabajo, las modificaciones propuestas tienen como objetivo restituir el principio básico de la flexibilidad que es el de su carácter negociado y pactado. Estableciendo el necesario equilibrio entre las necesidades de las empresas para proceder a rápidos procesos de adaptación a las exigencias en la producción de bienes y servicios con las necesidades y derechos del trabajador y la trabajadora como persona. Se trata pues de huir del concepto de “flexibilidad con rostro de máquina” para auspiciar la “flexibilidad de rostro humano”. A sabiendas que las experiencias de los últimos años en muchos convenios colectivos demuestran que la regulación que proponemos en ningún caso comporta la imposibilidad de gestionar de manera flexible las condiciones de trabajo con el necesario equilibrio entre necesidades empresariales y necesidades de las personas que prestan sus servicios.
Una especial atención hemos querido dedicar a las propuestas referidas a la modificación substancial de las condiciones de trabajo del artículo 41 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con un doble objetivo, acotar los contenidos que pueden ser modificados por este procedimiento, sin que ello suponga un vaciamiento de facto de la función del convenio colectivo, y de otro establecer determinados límites tanto objetivos como procedimentales.
Las medidas que proponemos van en la línea de los equilibrios alcanzados en el apartado referido a negociación colectiva en el Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva firmado el 25 de enero del 2012 entre la CEOE CEPYME y CCOO y UGT. Un Acuerdo que a pesar de contar con el valor añadido a su contenido, de ser fruto del proceso de concertación social, ha sido ignorado de manera incomprensible en la elaboración del Real Decreto Ley 3/2012, ahora convertido en proyecto de ley. Que el Gobierno en su función legislativa haya considerado no útiles los acuerdos alcanzados en esta materia hace dudar de la sinceridad de sus llamadas al dialogo y a la negociación. Y al tiempo pone de manifiesto que la voluntad real no es la de ofrecer a las empresas mecanismos de flexibilidad, sino debilitar en extremo los mecanismos de participación de los representantes de los trabajadores y de la negociación colectiva en la determinación de las condiciones de trabajo.
En este capítulo se recogen modificaciones que aparecen también en otros apartados de la enmienda a la totalidad, en relación a la regulación de las formas de representación de los trabajadores en los supuestos en que no exista en la empresa la representación legal. Para estos casos se opta por cubrir el vacío a partir de un proceso por el que los trabajadores de las empresas, sin representación unitaria, podrán elegir una comisión de tres miembros formada por representantes de las organizaciones sindicales más representativas o representativas del sector. En esta regulación se ha querido huir deliberadamente de la fórmula de “representación ad hoc” de representantes directos de los trabajadores, regulada por primera vez por el Real Decreto-Ley 10/2010 y la Ley 35/2011. Este mecanismo de representación, en una estructura empresarial en la que el 87% de la empresas tienen menos de 10 trabajadores, comporta un riesgo cierto de injerencia empresarial en la elección de estos representantes y de generalización de prácticas contrarias a la libertad sindical y que vacíen el contenido de los convenios colectivos de sector. Ello sin perjuicio de la más que probable vulneración de lo que establecen los convenios 87 y 98 de la OIT en esta materia.
En el capítulo IV dirigido a medidas para garantizar el ejercicio efectivo del derecho al trabajo se introduce un conjunto de garantías tendentes a recuperar equilibrios básicos de la relación de trabajo y a que la apuesta para incentivar la flexibilidad interna como mecanismo de desincentivación de la flexibilidad externa vía contratación y despidos sea sincera y real. Como han puesto de manifiesto las reformas laborales anteriores no es posible dirigir los mecanismos de ajuste en el empleo hacia la flexibilidad interna si, por mucho que se abran las posibilidades al gobierno empresarial de esta flexibilidad, en paralelo se continúan ampliando hasta el infinito los mecanismos para facilitar, descausalizar y hacer más barato los procesos de despido. Incluso, situando a la legislación laboral española, en una posición de claro incumplimiento del Convenio 158 de la OIT.
De manera destacada, se plantea la recuperación del procedimiento de autorización administrativa previa por parte de la Autoridad Laboral. Convencidos que ofrece un equilibrio y un marco de certidumbre a las partes muy superior al que ha establecido el Real Decreto-Ley 3/2012, ahora convertido en Proyecto de Ley. Y convencidos también que la figura de la autorización administrativa previa cabe perfectamente en el marco de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, referente a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos. Y que en ningún caso puede identificarse este procedimiento con una “excesiva rigidez” en los procesos de ajuste del empleo. Como demuestra que uno de los países que mantiene este procedimiento, sean los Países Bajos, puesto como ejemplo de “flexiseguridad”, incluso por los ideólogos del Real Decreto Ley 3/2012.
En este capítulo y en relación a los despidos objetivos en los supuestos llamados de absentismo, se pretende recuperar como definición objetiva de la causa, la doble condición de las faltas de asistencia al trabajo por parte del trabajador con los niveles de absentismo global de la empresa. Recordando que la letra d) del artículo 52 del texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, no tiene como función la tipificación de causas disciplinarias, sino la de aquellos supuestos de empresas, en las que la confluencia de comportamientos individuales de los trabajadores puedan generar problemas de eficiencia en el funcionamiento empresarial. Una regulación que en la nueva redacción dada por el Real Decreto Ley 3/2012 está provocando abusos importantes en las pocas semanas en que está vigente y que podría entrar en clara colisión con el derecho a la salud de los trabajadores.
También en este capítulo se recupera la regulación de los supuestos en los que el despido deba ser considerado nulo, con readmisión del trabajador, convencidos de que el establecimiento de garantías formales en los procesos de despido, forma parte indisociable del derecho al trabajo del artículo 35 de la Constitución española. Y en los mismos términos se referencia el apartado 4 del artículo 56, al establecer los supuestos en que la declaración de improcedencia debe comportar la opción del trabajador despedido entre la readmisión a su puesto de trabajo o la indemnización sustitutiva. Una regulación, la de la readmisión del trabajador en los supuestos de despido declarado judicialmente como improcedente, que tiene muchos referentes en la legislación laboral de otros países de la Unión Europea. Algunos de ellos o la mayoría, con niveles de desempleo muy inferiores a los españoles, lo que impide establecer como se hace desde algunos foros una relación causa efecto entre readmisión obligatoria y rigidez en la relación de trabajo.
En el capitulo V se incorporan regulaciones que sin formar parte del objeto del Real Decreto Ley 3/2012 si lo son del Real Decreto legislativo 1/1995 de 24 de marzo. En materias importantes para la compatibilidad entre vida laboral y vida personal que, la experiencia de estos años ha demostrado no se puede dejar al albur exclusivamente de Planes de conciliación o de “Buenas prácticas”. En la dirección de incorporar medidas que puedan contribuir a reducir los obstáculos a la igualdad efectiva en el acceso al trabajo, se incorporan modificaciones referidas a incentivar la “empleabilidad” de personas con discapacidad o personas en riesgo de exclusión social. A sabiendas de que se trata de colectivos distintos, pero que comparten las dificultades para que se pueda garantizar de manera efectiva la igualdad real en el acceso al empleo.
En el Capítulo VI se recogen aquellas propuestas dirigidas a facilitar la ordenación de las necesidades de personal de las Administraciones Públicas y de las entidades de derecho público vinculadas. Evitando los procesos de dualización en el tratamiento de las medidas de ajuste en función de la condición de funcionario o de laboral de los empleados públicos afectados.
(Adjunto como documento el texto alternativo completo. Pincha aquí para leerlo)
RESUMEN DE LA REFORMA LABORAL de Febrero de 2012
1) NUEVO CONTRATO CON DESPIDO LIBRE Y GRATUITO: Se crea el contrato indefinido para pymes (empresas de menos de 50 trabajadores): El trabajador tendrá un PERÍODO DE PRUEBA DE 1 AÑO, independientemente de lo que marque el convenio. Por lo tanto, despido libre y gratuito durante el primer año. El trabajador podrá ser despedido sin ninguna explicación y sin recibir ninguna indemnización. Este contrato se puede utilizar con cualquier trabajador.
Subvenciones:
Cuando se utilice este contrato con un menor de 30 años, subvención de tres mil euros al empresario. Para mantener la deducción el contrato debe durar 3 años, o devolver la deducción.
Por contratar a un parado que esté cobrando prestación de desempleo, subvención del 50% del dinero que le quede por cobrar al parado. Si el parado no tiene prestación no hay subvención, realizándose una clara discriminación entre parados con y sin prestación.
Se permite despedir por causas objetivas (20 días de indemnización) a un trabajador antiguo, y contratar a otro trabajador con este contrato nuevo.
2) POSIBLE DESAPARICIÓN DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS EN 2 AÑOS, aplicándose EL SALARIO MÍNIMO:
Desaparece la obligación de que se prorrogue un convenio mientras se negocia el nuevo. Cuando se esté negociando un nuevo convenio se prorrogará el que había como máximo 2 años. Si no hay nuevo acuerdo, a los 2 años desaparece el convenio, y se podrán aplicar las condiciones mínimas del Estatuto de los Trabajadores (Salario mínimo 640,41€ al mes, etc.).
3) EL SALARIO SE DECIDIRÁ EN LA EMPRESA, PRIORIDAD DEL CONVENIO DE EMPRESA:
Si se hace un convenio colectivo de empresa, éste tendrá prioridad sobre el convenio de provincia, autonómico o estatal del sector en salarios, horarios, jornada, vacaciones, etc, saltándose el principio legal de aplicar la norma más favorable para el trabajador. Se fomenta la competencia desleal entre empresas del mismo sector y territorio, con distintos salarios.
4) AUMENTA EL PODER DE DECISIÓN DEL EMPRESARIO, SIN NEGOCIACIÓN:
El empresario podrá rebajar el salario si existen causas económicas que lo justifiquen (disminución de ingresos), sin necesidad de acuerdo con los trabajadores y sus representantes. Si el trabajador no está de acuerdo con la rebaja del salario podrá extinguir su contrato con 20 días de indemnización.
Se permite que unas 80 horas de trabajo al año (5% de la jornada anual) las distribuya el empresario según su conveniencia.
5) EL EMPRESARIO PODRÁ DEJAR DE APLICAR EL CONVENIO DEL SECTOR:
Si una empresa reduce sus ingresos durante 6 meses podrá dejar de aplicar el convenio colectivo, aplicando otros salarios, jornada y horarios distintos.
6) SE FACILITA y ABARATA EL DESPIDO DE LOS CONTRATOS EXISTENTES:
La indemnización por despido improcedente (falta de pago de nóminas, despido sin causa justificada, etc.) pasa de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, a 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades para todos los contratos de trabajo que se firmen a partir de ahora. Por tanto, la antigüedad acumulada se pagará a 45 días, y la que se acumule a partir de ahora a 33 días.
Se reduce el tope máximo de indemnización: los trabajadores que ya lleven 16 años o más en su empresa no acumularán más antigüedad a efectos de despido.
Se eliminan los salarios de tramitación en caso de despido: Hasta ahora, el tiempo que pasaba desde el despido hasta la sentencia del juez que declaraba ese despido como improcedente, se tenía que pagar al trabajador como si hubiera sido trabajado (eran los llamados salarios de tramitación).
El empresario podrá hacer un despido colectivo (ERE) cuando haya 9 meses seguidos de disminución de ingresos en la empresa. No será necesario que esté en peligro la continuidad o vida de la empresa para despedir.
Se elimina la necesidad que la Delegación de Trabajo autorice el ERE, o la suspensión de contratos o reducción de jornada.
7) SE FACILITA EL DESPIDO POR FALTAS AL TRABAJO JUSTIFICADAS:
Si faltas al trabajo 8 días en 2 meses, ó 20 días en 4 meses, incluso si la falta es justificada por baja médica por enfermedad, te pueden despedir con 20 días de indemnización. Se elimina el requisito de que exista un índice de absentismo superior al 5% en tu empresa para poder despedir en caso de ausencias justificadas.
8) SE MANTIENEN LAS SUBVENCIONES A LOS DESPIDOS:
En las empresas de menos de 25 trabajadores, cuando haya despidos objetivos con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, el Fogasa pagará 8 días de los 20. Por tanto, al empresario le costará el despido objetivo 12 días de salario.
9) SE AUTORIZA EL DESPIDO GENERALIZADO POR PRIMERA VEZ EN EL SECTOR PÚBLICO. Cuando en una Administración Pública (Ayuntamiento, Diputación, Comunidad Autónoma, etc.) se lleven 9 meses seguidos de insuficiencia presupuestaria podrán despedir al personal laboral fijo por despido objetivo con 20 días de indemnización.
10) LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL GESTIONARÁN LAS OFERTAS DE EMPLEO DEL ANTIGUO INEM:
Las ETT, con ánimo de lucro, podrán ser agencias de colocación. Gestionarán las ofertas del antiguo INEM. Podrán seleccionar a los candidatos que enviarán para los puestos que demanden las empresas. Es una Privatización del Servicio Público de Empleo. ¿Bajo qué criterios seleccionarán a los candidatos?
11) CONTRATO PARA LA FORMACIÓN, MÁS LARGO Y CON MENOS SALARIO: Se amplía la duración a 3 años. Antes era obligatorio pagar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) entero, independientemente de la jornada real realizada. Ahora se puede cobrar menos del Salario Mínimo, a proporción de la jornada realizada. La formación podrá impartirse en la misma empresa.
12) POTENCIACIÓN DEL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CON JORNADA DE TRABAJO VARIABLE:
Los trabajadores con contrato a tiempo parcial pueden hacer horas extras.
13) LOS DESEMPLEADOS HARÁN “TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD”:
Los desempleados, al igual que las penas alternativas al ingreso en prisión, harán trabajos en beneficio de la comunidad.
LA POLÍTICA DEL PP DE DESPIDOS Y MENOS SERVICIOS PÚBLICOS NOS LLEVAN A MÁS PARO Y UNA CRISIS MÁS GRAVE.
Todavía recordamos las palabras de Dolores de Cospedal antes de las elecciones autonómicas de mayo de 2011, cuando dijo que no iba a realizar recortes y que los funcionarios y los interinos podían estar tranquilos. Desde Izquierda Unida avisamos entonces a la ciudadanía que detrás del discurso vacío del PP, sin propuestas concretas, se escondía un proyecto antisocial, de despidos de trabajadores públicos y de recortes en los servicios sociales, y desgraciadamente los hechos nos están dando la razón.
Por orden del gobierno de Cospedal en septiembre de 2011 se despidieron 1.000 profesores de institutos de toda Castilla-La Mancha, en concreto en el Instituto Julián Zarco de nuestro pueblo hay 6 profesores menos. Desde IU estamos denunciando que en este mes de diciembre se están realizando cientos de despidos de trabajadores públicos, trabajadores sociales, animadores socioculturales, etc, ya que el gobierno del Partido Popular está recortando la inversión de los convenios con los Ayuntamientos. ¿Cómo pretende la señora Cospedal que salgamos de la crisis si lo único que hace es enviar a más gente al paro? ¿Nuestros comercios y pequeñas empresas van a funcionar mejor con más personas en desempleo? Nosotros creemos que no. Por eso IU de Mota del Cuervo está participando en las movilizaciones en defensa de los servicios públicos, como en la gran manifestación unitaria realizada en Cuenca el pasado 21 de diciembre.
La política del PP de despedir y recortar los servicios públicos nos está llevando a una situación todavía peor. Desde Izquierda Unida avisamos a la ciudadanía de que con la política antisocial del PP va a aumentar el paro, y los próximos datos del desempleo lo confirmarán. Las consecuencias de los despidos y los recortes en los servicios públicos se van a trasladar rápidamente a las empresas privadas, provocando el despido de más trabajadores en el sector privado. Por lo tanto, desde Izquierda Unida estamos convencidos que la política del PP va a provocar una crisis económica todavía más grave. Desgraciadamente los datos sobre el crecimiento de nuestra economía nos darán la razón, y en los próximos meses veremos como la economía no solo no se recupera sino que estamos cayendo en una nueva recesión.
Pero desde Izquierda Unida tenemos unas propuestas políticas que responden a las necesidades de la mayoría de la sociedad, de reforma fiscal e inversión pública. De reforma fiscal para recuperar los ingresos de las administraciones públicas mediante la lucha contra el fraude fiscal y la implantación de unos impuestos más justos para que paguen más los que más tienen. Y de una fuerte inversión pública para crear empleo, generando actividad económica en el tejido empresarial de la pequeña empresa. Tenemos una alternativa posible para salir de la crisis sin que los trabajadores y trabajadoras nos veamos perjudicados.
Porque existen alternativas posibles, desde Izquierda Unida hacemos un llamamiento para dejar atrás el desánimo y la resignación, llamamos a la ciudadanía a la movilización contra las políticas de ataques a los servicios públicos y a luchar por una salida colectiva a la crisis que responda a los intereses de la mayoría social.
Sergio Jiménez López
Área de Movimiento Obrero y Migraciones
Izquireda Unida de Mota del Cuervo
Izquireda Unida de Mota del Cuervo
CREAR EMPLEO CON INVERSIÓN PÚBLICA, SIN RECORTES NI REDUCCIÓN DE DERECHOS
PUEDES LEER ESTE ARTÍCULO EN LÁ PÁGINA DEL ÁREA DE MOVIMIENTO OBRERO
http://iumota.blogspot.com/p/area-de-movimiento-obrero-y-migraciones.html
Se nos dice una y otra vez que hacen falta reformas para salir de la crisis y crear empleo. Nos dice el PP que harán reformas que crearán puestos de trabajo. Pero tienen unos objetivos inconfesables. Sus medidas son la vieja idea de siempre: reforzar el poder del empresario, tirar hacia abajo las condiciones y derechos de los trabajadores, reducir los salarios y reforzar el trabajo temporal.
Nos lanzan viejas ideas para justificarse: “dar facilidad al empresario para despedir y perderá el miedo a contratar”. Pero esa política no va a generar más empleo, sino más despidos y más precariedad. Solo utilizan el paro como chantaje para aplicar medidas que reduzcan nuestros derechos como trabajadores.
Se equivocan al decir que un empresario contratará más si puede utilizar contratos temporales con facilidad, si puede despedir fácil y barato, y si puede reducirnos el salario libremente. Es una gran mentira: el empresario solo contrata cuando realmente lo necesita. El empresario solo contratará más cuando en su empresa haya más actividad, cuando tengan más pedidos de otras empresas o cuando sus ventas aumenten por la demanda de los consumidores. Por tanto, si la demanda no aumenta, si las empresas no tienen más pedidos, los empresarios no contratarán a más personal por mucho que se facilite y abarate el despido, o por mucho que faciliten la contratación temporal.
La reforma laboral realizada en 2010 por el PSOE es un ejemplo del fracaso de esa política laboral de derechas, que ha abaratado y facilitado el despido, pero el resultado está siendo un aumento de los despidos y ya llegamos a 5 millones de parados. Esa política laboral es un fracaso.
Pero el ansia de los grandes empresarios no tiene límites. La gran patronal organizada en la CEOE, ya está diciendo que la última reforma no ha funcionado porque no era suficiente, es decir, porque creen que hay que abaratar y facilitar el despido mucho más. Por eso están proponiendo reducir la indemnización por despido a menos de la mitad (de 45 días de salario de indemnización por cada año de antigüedad a 20). Por eso proponen también un contrato único, para que seamos todos temporales.
Desde IZQUIERDA UNIDA tenemos otras propuestas para salir de la crisis, generar actividad económica para crear empleo. Nuestras propuestas se basan en una fuerte inversión del Estado que sirva como palanca para activar la economía, un Plan de Choque que genere actividad en el consumo y en las empresas. Es la única política posible, porque los recortes en la inversión del Estado y en los servicios públicos solo están provocando más desempleo y estrangulando aún más la economía del país.
Nuestras propuestas se basan en apoyar la actividad empresarial de los autónomos y las pequeñas empresas, favoreciendo la contratación y no los despidos. Impulsar el Empleo, especialmente el juvenil, con una fuerte inversión pública en educación infantil, servicios sociales, energías renovables, actividades medioambientales y rehabilitación de viviendas. Además de un gran Plan de Empleo-Formación para parados en colaboración con los Ayuntamientos. Es decir, un plan de inversión a corto y medio plazo para reactivar la economía y la contratación.
Pero también es necesaria una reforma de los impuestos, un cambio fiscal que persiga el enorme fraude y la economía sumergida, y que obligue a los que más tienen a contribuir para salir de esta situación de crisis.
En definitiva, nuestra propuesta es inversión para activar la economía, recaudando más y mejor entre los que más tienen, parando los recortes sociales, ya que las economías crecen cuando se amplían los derechos de los trabajadores y se distribuye la riqueza de forma proporcionada.
Estas son las propuestas que explicaremos en el acto público del miércoles 2 de noviembre en el salón de plenos del Ayuntamiento de Mota del Cuervo a las 8 de la tarde.
Sergio Jiménez López
Área de Movimiento Obrero e Inmigración
Izquierda Unida de Mota del CuervoHUELGA DE PROFESORES EN LA COMARCA DE MOTA DEL CUERVO-
Según las últimas informaciones la Huelga de profesores de secundaria convocada por CCOO, UGT y STE para el 5 de octubre ha sido seguida mayoritariamente por el profesorado de la comarca de Mota del Cuervo.
En concreto, en Mota del Cuervo cerca del 70% de los profesores del IES Julián Zarco han secundado la huelga.
En Las Pedroñeras, el 95% del profesorado ha secundado la huelga en el IES Fray Luis de León.
Según los datos de que disponemos a las 12 horas de hoy 6 de octubre el seguimiento de la huelga ha sido el siguiente:
El seguimiento general en la provincia está en torno al 60%.
Mota del Cuervo el 67%.
Las Pedroñeras el 95%.
Belmonte el 52%.
Villamayor de Santiago el 100%.
El Provencio el 80%.
Tarancón el 69%.
Priego el 83%.
Huete el 86%.
San Clemente el 22%.
Landete el 57%.
Motilla del Palancar el 45%.
Sisante el 41%.
Valera de Abajo el 59%.
En Cuenca capital ha habido un seguimiento dispar dependiendo del centro. Por institutos: en el Pedro Mercedes un 52%, Santiago Grisolía un 37%, Alfonso VIII un 34%, San José un 41%, Zobel un 15% y la Escuela de Arte un 52%. Por tanto, en Cuenca capital hubo un seguimiento medio del 38%.
Por PROVINCIAS: Los datos apuntan a un mayor seguimiento en las provincias de TOLEDO y GUADALAJARA, en las dos cercanas al 80% de participación en la huelga. Seguidamente estaría CUENCA sobre el 60%. Y finalmente Albacete y Ciudad Real sobre el 50% de seguimiento.
En general, el seguimiento de la huelga en la región está en torno al 70%.
Otras poblaciones cercanas a Mota del Cuervo:
Corral de Almaguer, 90%.
Villacañas, 78%.
Quintanar de la Orden el 73%.
Alcázar de San Juan el 61%.
Argamasilla de Alba el 69%.
Villarrobledo el 44%.
Miguel Esteban el 77%.
Campo de Criptana el 55%.
Pedro Muñoz el 39%.
Tomelloso el 58%.
Seguiremos actualizando los datos...
EL SÁBADO 8 DE OCTUBRE MANIFESTACIÓN REGIONAL EN TOLEDO, a las 12 horas de Plaza de Toros a Zocodover, contra los recortes en la educación pública. SE CONVOCA A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA: MADRES, PADRES, ALUMNOS, AMPAS, PROFESORADO Y A TODA LA CIUDADANÍA ¡NO FALTÉIS!
El mayor problema en España y en la Eurozona no es ni el déficit, ni la deuda pública
Vicenç Navarro – Consejo Científico de ATTAC.
Extraído de http://www.attac.es/el-mayor-problema-en-espana-y-en-la-eurozona-no-es-ni-el-deficit-ni-la-deuda-publica/
Como he indicado en otro texto, los conceptos de déficit público y deuda pública son conceptos que se utilizan constantemente (en la literatura económica, así como en la popular) en términos alarmantes, como si el crecimiento del déficit y de la deuda pública representaran un problema gravísimo para nuestras economías en la Unión Europea (UE). En realidad, frecuentemente ambas se presentan como las causas del estancamiento de las economías en la Unión Europea de los Quince (UE-15). Estas afirmaciones, constantemente reproducidas no sólo en los medios de mayor difusión, sino también en revistas de información económica, no tienen ninguna base científica. El déficit público del estado estadounidense en 2010 fue del 10.6% del PIB, mayor que el promedio de los países de la Eurozona (6%). Y dentro de EEUU hay un estado, California, que, tanto en términos absolutos, como proporcionales, tiene una deuda pública que es mayor que la de Grecia o cualquier otro país de la Eurozona. Y a pesar de ello, el dólar es más estable que el euro y no es sujeto de campañas especulativas como está ocurriendo ahora con el euro. El hecho de que esto ocurra no se debe ni a causas económicas, ni a causas monetarias, ni a causas financieras. Se debe única y exclusivamente a causas políticas, que son las que configuran los problemas económicos, monetarios y financieros. No hay que confundir (aunque tal confusión ocurre constantemente) los síntomas (los problemas) con las causas de la enfermedad (la distribución del poder en cada sociedad).
El problema de la falta de estabilidad del euro se debe a que no hay un estado que le de soporte frente a las avalanchas especulativas. El dólar, en cambio, tiene un estado federal que lo apoya (apoyando también a California). Que ello no ocurra en la Eurozona (y en la UE) se debe al excesivo poder del capital financiero en los países de la UE-15, poder que se lleva a cabo con la complicidad de las grandes corporaciones transnacionales, así como de las clases dominantes de cada país de la Eurozona. Son estos grupos y clases los que crearon la estructura de la Eurozona con el objetivo de debilitar al mundo del trabajo. Hoy estamos viendo la aplicación de políticas de claro corte neoliberal (desregulación de los mercados laborales, con dilución y debilitamiento de los convenios colectivos y sindicatos, y reducción de la protección social y del estado del bienestar) que tienen el propósito de reducir los salarios y debilitar a las clases trabajadoras (erróneamente definidas como clases medias, término que se utiliza en EEUU para definir a las clases trabajadoras) de los países de la Eurozona.
Evidencia que apoya tal postura
Varios indicadores muestran la veracidad de tal postura, raramente visibles en los medios y/o en los forums de debate político dominantes. Uno de ellos es el énfasis en salir de la crisis a base de reducir el déficit público mediante recortes del gasto público. El objetivo que se utiliza en la argumentación neoliberal en defensa de estas reducciones de gasto público (en transferencias y servicios públicos) es que hay que disminuir la deuda pública que el déficit genera. Pero el mayor problema que existe en España no es la deuda pública, sino la privada. La deuda pública representa sólo el 13% de toda la deuda. La gran parte de la deuda es deuda privada (87%). ¿Por qué, entonces, este énfasis en querer reducir la deuda pública?
En realidad, en este intento de reducir el déficit y la deuda pública, se están recortando también las pensiones públicas que no tienen nada que ver con el déficit público. La Seguridad Social no está incorporada en el presupuesto del estado, y la mayoría de las pensiones son las contributivas, que no se pagan con impuestos y que no afectan, por lo tanto, al déficit. Pero el hecho de que se reduzcan las pensiones no tiene nada que ver con la reducción del déficit y de la deuda pública. Lo que en realidad se desea es disminuir la protección social (de la cual la Seguridad Social es un elemento clave) para debilitar al mundo del trabajo.
Un tanto parecido ocurre con el descenso de los salarios de los empleados públicos. El objetivo más importante de esta medida no es ahorrar fondos públicos (que podría conseguirse aumentando selectivamente los impuestos, tal como ha sugerido el sindicato de Inspectores de Hacienda del propio Ministerio de Economía del Estado español), sino presionar para bajar los salarios, tanto públicos como privados, resultado de la interconexión salarial entre el sector privado y el sector público.
En realidad, el endeudamiento público en España es hoy incluso bajo (en términos proporcionales), y ello es una de las causas del elevado endeudamiento privado, que es el mayor problema que tiene España. Y este endeudamiento privado se debe a varios factores. Uno de ellos es la mala distribución de las rentas en España, otro tema raramente citado en los medios y en el debate político. Desde que España ha entrado en el euro, las rentas del trabajo como porcentaje de la renta total han ido disminuyendo en una proporción incluso mayor que en el promedio de la Eurozona. Y ello a pesar de que el porcentaje de la población que se ha ido incorporando al mercado de trabajo ha ido aumentando. Lo que este dato indica es que –en contra de lo que muestra la argumentación neoliberal- los salarios han crecido menos que la productividad. ¿Cómo se explica, sino, que las rentas del capital hayan crecido más rápidamente que las rentas del trabajo durante este periodo?
Las causas del crecimiento del sector financiero
Esta pérdida de la capacidad adquisitiva ha forzado el enorme crecimiento del endeudamiento, el cual no tuvo un impacto negativo en la demanda (hasta que apareció la crisis en 2008), debido a la facilidad de conseguir créditos a bajos intereses, resultado de tener el euro como moneda. Ello benefició, en particular, a los países periféricos de la Eurozona, incluida España, para los cuales el cambio de su moneda al euro significó un aumento de la estabilidad y acceso al crédito. De ahí que la introducción del euro significara el crecimiento del endeudamiento y, por lo tanto, del sector financiero dentro de las economías, crecimiento que se hizo a costa de los sectores de la economía productiva. La burbuja inmobiliaria en España es un ejemplo de ello.
Este endeudamiento fue financiado por capital extranjero. De nuevo, este endeudamiento exterior fue predominantemente del sector privado (83%). Sólo una parte muy pequeña de la deuda externa procede del sector público (17%). Es sorprendente, pues, que toda, o casi toda, la atención se centre en la deuda exterior pública, cuando el mayor problema es la deuda exterior privada. En realidad, todo el énfasis (que abarca la atención mediática y política) en la “presión de los mercados financieros” es claramente desorbitada. La mayoría de la deuda pública española es doméstica (54%), y sólo una minoría (44%) es extranjera (procediendo predominantemente de bancos alemanes y franceses). Los desorbitados intereses que se imponen a la deuda pública (por parte de unas agencias de evaluación que son meros instrumentos de la banca) representan un enorme flujo de fondos públicos a la banca, de la cual la mayoría es la banca española (y otras entidades financieras). Y ahí está el otro problema que raramente se cita. La banca y las entidades financieras reciben dinero prestado del Banco Central Europeo a unos intereses muy bajos (1%).Y con este dinero compran deuda pública a unos intereses de la deuda pública que van del 6% en España a un 12% en Portugal (los bancos españoles son los que poseen más deuda pública portuguesa) y 17% en Grecia. Así se forran de dinero según el proceso que llaman de capitalización, sin que dediquen estos fondos a proveer crédito.
Y para colmo, según las reglas del juego, el Banco Central Europeo no puede prestar dinero directamente a los Estados. Últimamente, ante la gravedad de la crisis, ha comenzado a comprar bonos públicos de los Estados en situación difícil, pero, incluso ahora, no puede comprar bonos directamente al Estado, sino que tiene que comprar bonos públicos a los bancos (lo que se llaman mercados secundarios). La mayoría de la deuda externa es la que deben las instituciones financieras a los bancos alemanes y franceses. En realidad, los bancos de los países centrales de la Eurozona han prestado 1.579 billones de euros a los países periféricos, de los cuales sólo el 17% son en deuda pública a los estados periféricos. La enorme austeridad impuesta a los estados parece desproporcionada teniendo en cuenta que es una parte muy menor. Pero lo que es digno de mención es que cuando la banca entró en crisis, con graves problemas de insolvencia debido a la deuda externa, fueron los estados, incluyendo los estados periféricos, los que invirtieron enormes cantidades de fondos públicos para salvarla, ayuda que se hizo sin poner condiciones. En realidad, parte de la deuda pública se debe al esfuerzo público para ayudar a la banca. Y la llamada ayuda de la “troika” (Consejo Europeo, Comisión Europea y Fondo Monetario Internacional) es, en realidad, ayuda a los estados para que paguen a los bancos, incluyendo los bancos de los países centrales.
¿Por qué se intenta debilitar al mundo del trabajo?
Según la argumentación neoliberal, la salida de la crisis en la Eurozona pasa por la aplicación del modelo alemán al resto de países. El modelo alemán es el modelo exportador, basado en unos salarios bajos (en relación con su productividad) que crean una plusvalía que genera una acumulación de euros. Pero tal modelo es inviable, entre otras razones, porque un modelo exportador requiere países importadores. Y puesto que los importadores son países de la Eurozona, la reducción salarial y los recortes de gasto público reducen la demanda. Es más, intentar salir de la crisis a base de reducir salarios y protección social es profundamente erróneo, pues ignora la historia económica, que muestra como las recesiones necesitan medidas expansivas para salir de ellas. De ahí que las proyecciones de recuperación son inviables. Y la experiencia así lo demuestra. Desde que España entró en el euro, ha sido un alumno ejemplar de las enseñanzas neoliberales. En realidad, redujo su déficit, y de hecho tuvo un superávit, incluso a pesar de reducir los impuestos, sobre todo de las rentas superiores. Ello no le sirvió de nada (repito, de nada) para evitar la enorme crisis. En realidad, facilitó que la crisis fuera particularmente dañina, pues la reducción de impuestos significó que se creara un déficit estructural de su estado que explica que, una vez explotara la burbuja, el déficit del estado se disparara.
¿Cuáles son las alternativas?
La situación actual es insostenible. Quiere decir que los países periféricos estarán estancados durante muchos años. Sólo hay dos alternativas. Una de ellas es establecer una estructura federal europea, un Estados Unidos de Europa, comprometida en unas políticas expansivas de estímulo económico. El desarrollo de instituciones financieras, económicas y fiscales a nivel europeo, que sean responsables a instituciones democráticas (escasamente desarrolladas a este nivel, donde el Parlamento Europeo es una institución con escasas competencias en las áreas económicas, financieras y fiscales) sería imperativo en esta alternativa. Esta vía es la que están presionando componentes de las izquierdas europeas y de los sindicatos.
La otra alternativa para los países de la periferia es salir del euro. Ahora bien, incluso esta opción depende de cómo se haría la salida del euro. Gran Bretaña no está en el euro y, sin embrago, es el país de la Unión Europea que está recortando más los gastos públicos. De ahí que una variable de enorme importancia, en caso de considerarse esta alternativa, sería discutir cómo se haría esta salida del euro y quien absorbería los costes de esta salida.
Es un indicador de la escasa cultura democrática existente en España que no se haya iniciado un debate sobre estas alternativas. El único debate visible mediáticamente es cómo, cuándo y cuánto debe reducirse el déficit y la deuda pública. Y así estamos.
Artículo publicado en Sistema Digital